tura Común NANDINA

EmisorComisión de la Comunidad Andina

Decisión 703

Modificaciones del Texto Único de la Nomenclatura Común NANDINA establecido por las Decisiones 653 y 675 - Actualización de la Nomenclatura Común NANDINA

LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Artículo 58 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 653 y 675 y la Propuesta 213 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que la Decisión 653 adoptada por la Comisión en noviembre de 2006 aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA), que incorpora, entre otros, la Cuarta Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera;

Que la Decisión 675 adoptada por la Comisión en septiembre de 2007 aprobó modificaciones al Texto Único de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA) aprobado por la Decisión 653, derivadas de Recomendaciones aprobadas por el Consejo de Cooperación Aduanera y de ajustes realizados a la Versión Única en Español del Sistema Armonizado (Versión 2007);

Que el artículo 5 de la Decisión 653 establece que la Nomenclatura Común NANDINA, entre otros, “será actualizada regularmente y recogerá las modificaciones derivadas de las necesidades inherentes al desarrollo del comercio exterior y de la producción de bienes de los Países Miembros de la Comunidad Andina”;

Que, el Grupo de Expertos en NANDINA del Comité Andino de Asuntos Aduaneros en su Reunión XXIV, celebrada

del 20 al 22

de octubre de 2008, recomendaron realizar modificaciones al vigente Texto Único de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA) establecido mediante las Decisiones 653 y 675;

DECIDE:

Artículo 1 Aprobar las modificaciones al vigente Texto Único de la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA) que figuran en el Anexo de la presente Decisión.
Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1° de enero de 2009.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los diez días del mes de...

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