Resolución 278 SG Calificación como una restricción al comercio por parte del Gobierno de Venezuela por la no tramitación de permisos para la importación de huevos

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION 278

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Capítulo V del Acuerdo de Cartagena que contiene el Programa de Liberación y la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, y;

CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación del 11 de junio de 1999, el Ministerio de Comercio Exterior de Colombia presentó ante la Secretaría General de la Comunidad Andina, una reclamación por la aplicación de posibles restricciones a la importación de huevos de consumo por parte de Venezuela;

Que, en el escrito de reclamación presentado por el Ministerio de Comercio Exterior de Colombia se informó a la Secretaría General que las empresas Incubadora Santander y Avícola Torcorona enfrentaban restricciones en sus exportaciones de huevos de consumo para ser procesados por parte de la empresa venezolana Productos DANIMEX C.A.;

Que, asimismo, en la denuncia formulada por el Gobierno de Colombia se señala que la Federación Nacional de Avicultores de Colombia había informado a dicho Ministerio, con fecha 24 de mayo de 1999, que desde marzo del presente año se habían presentado las solicitudes de permisos de importación Nº 9907202, 9907204, 9906333 y 9906505 sin que se tenga un pronunciamiento por parte de las autoridades venezolanas. Copia de las referidas solicitudes fueron remitidas a la Secretaría General;

Que, mediante comunicación SG-F/4.2.1/1718/1999 del 19 de julio de 1999, la Secretaría General de la Comunidad Andina puso en conocimiento del Gobierno de Venezuela el inicio del procedimiento de investigación para calificar si la no tramitación de las solicitudes de importación por parte de las autoridades venezolanas constituye una restricción al comercio a la luz del Artículo 72 del Acuerdo de Cartagena, concediéndole un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles para la presentación de sus descargos;

Que, mediante comunicación SG-F/4.2.1/1325/1999 del 19 de julio de 1999, se puso en conocimiento a Ecuador, Bolivia y Perú sobre el inicio de...

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