RESOLUCIÓN N° 2470

JurisdicciónComunidad Andina
Número de Gaceta5618
Número de registro2470
Número de resolución2470
Año2025
SecciónResoluciones
Fecha de publicación12 Febrero 2025
EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina
Para nosotros la Patria es América
Año XLII - Número 5618
Lima, 12 de febrero de 2025
SUMARIO
SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA Pág.
RESOLUCIÓN N° 2470 Plan Operativo Anual (POA) 2025 del Programa
Estadístico Comunitario 2018-2022 extendido hasta
2025......................... ............................................................. 1
RESOLUCIÓN N° 2470
Plan Operativo Anual (POA) 2025 del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022
extendido hasta 2025
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: Los artículos 53 y 54 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 115, 828 y
911 de la Comisión; y la Resolución 2375 de la Secretaría General;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la Decisión 115, estableció un
Sistema Subregional de Información Estadística, que contiene información del sector
agropecuario, comercio exterior y manufacturero;
Que, la Comisión de la Comunidad Andina, aprobó mediante la Decisión 828, el
Programa Estadístico Comunitario (PEC) correspondiente al periodo 2018-2022 y
extendió la vigencia de este hasta el año 2025 mediante la Decisión 911; con la finalidad
de establecer un marco para el desarrollo, la generación y difusión de las estadísticas
andinas requeridas por los Países Miembros y la Secretaría General para evaluar los
avances en el proceso de integración;
Que, el artículo 3 de la Decisión 828 establece que la Secretaría General de la
Comunidad Andina, previa opinión favorable del Comité Andino de Estadística elaborará
y aprobará mediante Resolución los Planes Operativos Anuales (POA) por medio de los
cuales se implementarán las acciones previstas en la referida Decisión;
Que, en el mismo artículo, se dispuso que los POA establecerán los objetivos y
resultados a alcanzar en cada año de ejecución del Programa Estadístico Comunitario
2018-2022;
Que, el artículo 4 de la Decisión 828 señala que para el empleo de los recursos del
“Fondo de Contraparte: PEC 2018-2022” creado para la ejecución del Programa
Estadístico Comunitario 2018-2022, la Secretaría General elaborará y adoptará una
programación de gastos anual que acompañará los Planes Operativos Anuales, previa
opinión favorable del Comité Andino de Estadística;

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