RESOLUCIÓN N° 2138

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

017081500

RESOLUCIÓN N° 2138

Suspensión de plazos de los procedimientos administrativos a cargo de la Secretaría General

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 1 y 31 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 30, 31, 37 y 72 de la Decisión 425 que aprueba el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina; los literales b) y x) del artículo 11 de la Decisión 409 que aprueba el Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina, el artículo 55 de la Resolución N° 1075 que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General y la Resolución N° 2125; y,

CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 30 de la Decisión 425 dispone que el Secretario General dará a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;

Que, conforme el artículo 55 de la Resolución N° 1075, el Secretario General dará a conocer en cada caso si un día no laborable afecta el cómputo de plazos para los procedimientos administrativos a cargo de la Secretaría General según lo dispuesto en el Reglamento de Procedimientos Administrativos;

Que, mediante Resolución N° 2125, la Secretaría General aprobó el Calendario de días Hábiles, señalándose, en el artículo 1 de la misma, que cualquier modificación del calendario será oportunamente comunicada mediante Resolución de la Secretaría General que se publicará en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena;

Que, la Organización Mundial de la Salud ha calificado, con fecha 11 de marzo de 2020, el brote del COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;

Que, el Gobierno del Perú con la finalidad de proteger la vida y la salud de la ciudadanía, ha emitido el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado el 15 de marzo de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, mediante la cual ha declarado el Estado de Emergencia...

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