RESOLUCIÓN N° 2132

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

015684500

RESOLUCIÓN N° 2132

Plan Operativo Anual (POA) 2020 del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 53 y 54 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 115 y 828 de la Comisión y la Resolución N° 2048 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de la Comunidad Andina mediante la Decisión 115 estableció un Sistema Subregional de Información Estadística, que contiene información del sector agropecuario, comercio exterior y manufacturero;

Que, la Comisión de la Comunidad Andina aprobó mediante la Decisión 828 el Programa Estadístico Comunitario (PEC) correspondiente al periodo 2018-2022; con la finalidad de establecer un marco para el desarrollo, la generación y difusión de las estadísticas andinas requeridas por los Países Miembros y la Secretaría General para evaluar los avances en el proceso de integración;

Que, el artículo 3 de la citada Decisión establece que la Secretaria General de la Comunidad Andina, previa opinión favorable del Comité Andino de Estadística, elaborará y aprobará mediante Resolución los Planes Operativos Anuales (POA) por medio de los cuales se implementarán las acciones previstas en la referida Decisión;

Que, en el mismo artículo, se dispuso que los POA establecerán los objetivos y resultados a alcanzar en cada año de ejecución del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022;

Que, el artículo 4 de la misma norma comunitaria señala que para el empleo de los recursos del "Fondo de Contraparte: PEC 2018-2022" creado para la ejecución del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022, la Secretaría General elaborará y adoptará una programación de gastos anual que acompañará los Planes Operativos Anuales, previa opinión favorable del Comité Andino de Estadística;

Que, el artículo 6 de la Decisión 828 establece, además, que los Planes Operativos Anuales podrán modificarse, previa opinión favorable del Comité Andino de Estadística, mediante Resolución de la Secretaría General;

Que, dentro este marco legal comunitario, la Resolución N° 2016 del 25 de julio de 2018, aprobó el Plan Operativo Anual (POA) 2018 del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022, así como su respectiva programación de gastos;

Que, posteriormente, mediante Resolución N° 2048 del 25 de enero de 2019, se aprobó el Plan Operativo Anual (POA) 2019 del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022, así como su respectiva programación de gastos;

Que, mediante la Resolución N° 2098 del 22 de octubre de 2019, se modificaron los Anexos I y II de la Resolución N° 2048 que adoptó el Plan Operativo Anual (POA) 2019 del Programa Estadístico Comunitario 2018-2022;

Que, el Comité Andino de Estadística, en su XLI Reunión Ordinaria del 23 de enero de 2020, emitió opinión favorable a la propuesta del Plan Operativo Anual para la gestión 2020, así como a su respectiva programación de gastos.

RESUELVE:

Artículo 1 Adoptar el Plan Operativo Anual (POA) 2020 que figura en el Anexo I de la presente Resolución.
Artículo 2 El POA 2020 se aplicará desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 30 de noviembre de 2020.
Artículo 3 Adoptar la programación de gastos anual del POA 2020 que figura en el Anexo II de la presente Resolución, para la ejecución de los recursos del "Fondo de Contraparte: PEC 2018-2022" conformado para tal fin.
Artículo 4 Los Países Miembros facilitarán la participación de los funcionarios gubernamentales para la realización de las actividades previstas en el POA 2020.
Artículo 5

Al término del POA 2020, la Secretaría General elaborará un informe de evaluación, en calidad de ejecutante de los recursos del plan del estado de ejecución del PEC 2018-2022, así como un informe sobre la utilización de los recursos del Fondo de Contraparte; los cuales deberán ser remitidos a los Países Miembros y servirán como insumos para la formulación del siguiente Plan Operativo Anual.

Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veinte.

Jorge Hernando Pedraza

Secretario General

ANEXO I

PLAN OPERATIVO ANUAL 2020

DEL PROGRAMA ESTADÍSTICO COMUNITARIO (PEC) 2018-2022

Dentro de los objetivos del PEC 2018-2022, se tiene establecido la inclusión de actividades de preparación, seguimiento, control, y evaluación, que sean necesarias para la gestión del programa y la consecución de sus objetivos; en particular, la formación de los estadísticos nacionales, la realización de estudios, reuniones de autoridades y expertos gubernamentales, acciones de información y comunicación, y otros vinculados a las redes de información tecnológica enfocadas al procesamiento e intercambio de información y a la innovación. Los Países Miembros facilitarán la participación de los...

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