RESOLUCIÓN N° 2102

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

017081500

RESOLUCIÓN N° 2102

Lineamientos y contenido del sistema de Información y Consultas para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTAS: Las Decisiones 837 y 434 de la Comisión de la Comunidad Andina;

CONSIDERANDO: Que para la aplicación de las normas sobre transporte internacional de mercancías por carretera en la Subregión, aprobadas por la Decisión 837, se hace necesario establecer normas reglamentarias que desarrollen en forma clara y precisa la mencionada Decisión;

Que el artículo 184 de la Decisión 837 establece que la Secretaría General, previa opinión favorable del CAATT, aprobará mediante resolución los reglamentos y formatos a los que hubiere lugar;

Que la Disposición Transitoria Primera de la Decisión 837 establece que el CAATT elaborará los lineamientos y contenido de un sistema de información y consultas.

Que el Comité Andino de Autoridades de Transporte Terrestre (CAATT), en su XXVIII Reunión Extraordinaria, presentó recomendaciones favorables a la Secretaría General sobre el indicado Proyecto de Resolución aprobatoria de los Lineamientos y Contenido del Sistema de Información y Consultas;

RESUELVE:

Aprobar el siguiente:

Lineamientos y contenido del sistema de Información y Consultas para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera

CAPITULO I Artículos 1 y 2

DEL AMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1 La presente norma tiene por objeto establecer los Lineamientos y Contenido del Sistema de Información y Consultas para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera.
Artículo 2 El Sistema de Información y Consultas contendrá los Permisos Originarios, los vehículos habilitados y unidades de carga registradas para el Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, el nombre del representante legal por país transitado, la Póliza Andina por vehículo habilitado y otros datos que se establecen en el Presente Reglamento.
CAPITULO II Artículos 3 a 7

DE LA FUNCIONALIDAD DEL SISTEMA

Artículo 3 El sistema de información y consultas deberá, al menos, permitir realizar la consulta de información bajo las siguientes opciones:

* Consulta de Empresas por País

* Consulta por Empresa de Transporte

* Consulta por Placa

* Consulta por Actualización

Artículo 4 La Consulta de Empresas por País permitirá a los usuarios acceder a la información de todas las empresas que cuenten...

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