RESOLUCIÓN N° 2075

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCIÓN N° 2075 Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 30, 87 y 88 del Acuerdo de Cartagena; los artículos 1 y 11 literal b) de la Decisión 409, la Decisión 804 y la Resolución N° 630 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución 630, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 26 de junio de 2002, la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN)

adoptó el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola;

Que, el 1 de mayo de 2015 entró en vigencia la Decisión 804, Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos y procedimientos armonizados para el registro y control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola (PQUA); orientar su uso y manejo correcto en el marco de las buenas prácticas agrícolas; prevenir y minimizar riesgos a la salud y el ambiente; asegurar la eficacia biológica del producto; y, facilitar su comercio en la Subregión;

Que, en la Disposición Transitoria Tercera de la referida Decisión se encargó a un Grupo de Trabajo de Alto Nivel (GTAN) la revisión y actualización de la Resolución N° 630 Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, con el apoyo de la SGCAN;

Que, en la Disposición Complementaria Cuarta de la Decisión 804, se dispuso que los Países Miembros trabajen conjuntamente en el fortalecimiento de sus capacidades técnicas con el objetivo de adoptar comunitariamente la metodología de registro por equivalencia química FAO/OMS o de otra entidad internacionalmente reconocida, conforme los requisitos y condiciones que establezca el Manual Técnico Andino; y, que una vez aprobados los respectivos requisitos y condiciones, los Países Miembros tendrán la facultad de implementar la metodología de equivalencia para el registro de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola (PQUA);

Que, el GTAN revisó y elaboró un proyecto de actualización del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícolas, en las reuniones de 4 de mayo de 2015; 1 a 5 de junio de 2015; 16 de febrero de 2016; 4 a 8 de abril de 2016; 13 a 17 de junio de 2016; 3 a 5 de octubre de 2016; 06 a 10 de marzo de 2017; 29 de mayo a 02 de junio de 20171 ; 23 a 27 de octubre de 2017; 30 de enero al 1 de febrero de 2018; 19 al 23 de marzo de 2018; y el 13 de agosto de 2018;

1 Se realizaron 5 reuniones complementarias por videoconferencia: el 16 de junio de 2017, 7 de julio de 2017, 9 de agosto de 2017, 1 de septiembre de 2017, y el 15 de septiembre de 2017 -2-

Que, en consideración del artículo 42 de la Decisión 804, corresponde establecer el Sistema Globalmente Armonizado (SGA) para la clasificación y el etiquetado de los PQUA, con un periodo de transición para que los titulares de los registros agoten las existencias de las etiquetas de los PQUA, elaboradas bajo los criterios previstos en la Resolución 630;

Que, para establecer las condiciones y requisitos para la metodología de registro de PQUA por equivalencia química FAO/OMS o de otra entidad internacionalmente reconocida, a que se refiere la Disposición Complementaria Cuarta de la Decisión 804, el GTAN ha recomendado un mayor análisis y tiempo para el fortalecimiento conjunto de las capacidades técnicas de las autoridades nacionales de los Países Miembros;

Que, el GTAN solicitó a la Comisión de la Comunidad Andina su opinión para abordar las condiciones y requisitos para la adopción de la metodología de registro de PQUA por equivalencia química FAO/OMS o de otra entidad internacionalmente reconocida; y, para la notificación del proyecto de revisión y actualización del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, a la Organización Mundial del Comercio;

Que, la Comisión de la Comunidad Andina en su Periodo N°119 de Sesiones Ordinarias, tomó conocimiento de las solicitudes del GTAN y recomendó a la SGCAN la adopción del referido Manual, una vez que todos los aspectos pertinentes fueran consensuados en el referido grupo de trabajo;

Que, la Presidencia Pro Témpore de la Comunidad Andina, por solicitud del GTAN,

realizó la notificación a la OMC del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola durante un periodo de 60 días calendario;

Que, durante las reuniones del GTAN llevadas a cabo el 5 de diciembre de 2018; el 19 de diciembre del 2018; el 13 de marzo de 2019; el 26 de marzo del 2019; y, el 30 de abril de 2019; se analizaron y debatieron un total de 60 comentarios recibidos como resultado de la notificación a la OMC antes, modificándose el texto del proyecto de Manual Técnico, en aquellos aspectos en donde resultó pertinente;

Que, en el GTAN en su reunión N° 18, llevada a cabo el 15 de mayo de 2019,

recomendó a la Secretaría General la adopción mediante Resolución de la actualización del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola;

RESUELVE:

Artículo 1

Adoptar el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola contenido en el anexo que forma parte de la presente Resolución, correspondiendo a los Países Miembros su aplicación de conformidad con lo establecido en la Decisión 804.

Artículo 2

Derogar la Resolución 630 de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.

Los titulares de registros de PQUA tendrán un período máximo de 60 meses, contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia de la presente Resolución, para agotar las existencias en el mercado de los PQUA con la etiqueta aprobada conforme lo dispuesto en la Resolución N° 630.

Cumplido el plazo antes señalado, el etiquetado de todos los PQUA debe estar adaptado al Sistema Globalmente Armonizado (SGA), en los términos establecidos en el Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola, que se adopta con esta Resolución.

Durante el mencionado período podrán coexistir los dos tipos de etiquetas a que se refiere la presente disposición.

Cada País Miembro establecerá los procedimientos para dar cumplimiento a esta disposición.

SEGUNDA.

La SGCAN adelantará, según su disponibilidad presupuestaria, un proceso para la contratación de una consultoría que tendrá como fin presentar una propuesta de condiciones y requisitos para el registro de plaguicidas químicos de uso agrícola por equivalencia química. Los resultados de esta consultoría deberán presentarse al GTAN.

Adicionalmente, la SGCAN adelantará ante la FAO las gestiones para coordinar actividades para el fortalecimiento de las capacidades técnicas de las entidades nacionales competentes de los Países Miembros de la Comunidad Andina para la aplicación de la metodología del registro por el método de equivalencia química.

La SGCAN, previa recomendación del GTAN, adoptará mediante Resolución las condiciones y requisitos para que la metodología de registro por equivalencia química pueda ser empleada como una alternativa adicional en el registro de PQUA. Dichas condiciones y requisitos serán parte del Manual Técnico Andino para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola.

La presente Resolución entrará en vigencia 6 (seis) meses después de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, el primer día del mes de agosto del año dos mil diecinueve.

Jorge Hernando Pedraza Secretario General MANUAL TÉCNICO ANDINO PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS DE USO AGRÍCOLA Este Manual reglamenta la aplicación de la Decisión 804 de la Comisión de Comunidad Andina, estableciendo los requisitos para el registro de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola en los Países Miembros de la Comunidad Andina. Aborda los aspectos agronómicos, de salud y de ambiente que deben acreditar los solicitantes de registros.

2019 1 CONTENIDO INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................................12 OBJETIVOS DEL MANUAL...

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