RESOLUCION N° 2038

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCIÓN N° 2038

Modificación de la Disposición Transitoria Única de la Resolución N° 1952

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El literal b) del artículo 3 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 425, 571 y 728; y las Resoluciones N° 1684, 1828 y 1952;

CONSIDERANDO: Que, la Comisión de la Comunidad Andina aprobó la Decisión 571 del 12 de diciembre de 2003, mediante la cual se adopta como normativa subregional para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas, el Acuerdo sobre Valoración de la Organización Mundial del Comercio (OMC);

Que, para una correcta aplicación del Acuerdo sobre Valoración de la OMC es necesario contar con un documento que permita declarar los elementos de hecho y circunstancias relativas a la transacción comercial de las mercancías importadas y que sirva para determinar el valor en aduana y para dar un trato uniforme a todas las importaciones efectuadas al Territorio Aduanero de la Comunidad Andina;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y la Primera Disposición Transitoria de la Decisión 571, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina, previa opinión del Comité de Asuntos Aduaneros, reglamentar mediante Resolución, el funcionamiento y formato de la Declaración Andina del Valor;

Que, durante la reunión conjunta del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero y el Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, realizada por videoconferencia el 14 de febrero de 2013, se precisó que la Declaración Andina del Valor ya se encontraba implementada electrónicamente desde el año 2009 en el Estado Plurinacional de Bolivia y, desde octubre de 2012, en la República del Ecuador;

Que, mediante Resolución N° 1952 del 9 de octubre de 2017, se sustituyó la Resolución 1239 sobre Adopción de la Declaración Andina del Valor, y se dispuso, en la Disposición Transitoria Única, que la fecha límite para que se implemente la presentación electrónica de la Declaración Andina del Valor sea el 31 de diciembre de 2018;

Que, mediante Oficio Nº 100000-1030 recibida el día 27 de noviembre de 2018 por la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN), la Dirección de Impuestos y Aduanas...

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