RESOLUCIÓN N° 2029

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCIÓN N° 2029

Delegación de funciones

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA;

VISTOS: El artículo 3, literal ñ) del artículo 30, el literal a) del artículo 34 y el artículo 128 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 519, la Decisión 819, el literal j) del artículo 3 y los literales e), t) y w) del artículo 11 de la Decisión 409; la Decisión 829; la Resolución N° 1075 y 1920 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal j) del artículo 3 de la Decisión 409, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina mantener relaciones y vínculos de trabajo con los órganos ejecutivos de las demás organizaciones regionales de integración y cooperación, así como con organismos internacionales u otras entidades;

Que, el literal t) del artículo 11 de la Decisión 409 establece que corresponde al Secretario General de la Comunidad Andina gestionar la asistencia técnica ante gobiernos, organismos internacionales y otras entidades y convenir los términos en que ésta será prestada;

Que, mediante Decisión 519 se creó el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE), con el propósito de reunir a las principales entidades relacionadas con la prevención y atención de desastres en la Subregión Andina y sistematizar la cooperación y la acción conjunta, en procura de prevenir y atender los efectos generados por los desastres de origen natural y antrópicos;

Que, mediante Decisión 819 se aprobó la Estrategia Andina para la Gestión del Riesgo de Desastres (EAGRD), con el propósito de contribuir al desarrollo de los Países Miembros dentro de una perspectiva de sostenibilidad y resiliencia; bajo los principios y compromisos globales asumidos en el contexto del Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030;

Que, el Centro Logístico Regional de Asistencia Humanitaria de Panamá (CLRAH) y la Secretaría General de la Comunidad Andina han reconocido la existencia de áreas de interés común, en las que el trabajo conjunto puede contribuir al cumplimiento de sus propios objetivos y al fortalecimiento de la cooperación; asimismo, reconocen el interés de aunar esfuerzos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR