RESOLUCIÓN N° 2010

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCIÓN N° 2010

Interinato de la Secretaría General

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA;

VISTOS: Los artículos 29 y 32 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 790 y 806 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de la Comunidad Andina en Reunión Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión y las Resoluciones 1636 y 1888 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,

CONSIDERANDO: Que, la Secretaría General es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina y en tal carácter actúa únicamente en función de los intereses de la Subregión. Asimismo, la Secretaría General otorga apoyo técnico, cuando corresponda, a los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración;

Que, la Secretaría General está dirigida por un Secretario General, quien es elegido por consenso por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada con los representantes titulares ante la Comisión, por un período de cinco años, pudiendo ser reelegido por una sola vez. Asimismo, el Secretario General para el desempeño de sus funciones se apoya en los Directores Generales, según el reglamento respectivo;

Que, mediante Decisión 806 fue elegido el señor Walker San Miguel Rodríguez, de nacionalidad boliviana, como Secretario General de la Comunidad Andina, por el periodo que resta hasta completar el mandato de 5 años del Secretario General designado mediante el artículo 1 de la Decisión 790, esto es hasta el 17 de junio de 2018;

Que, el Acuerdo de Cartagena establece que en caso de vacancia, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada procederá de inmediato a designar por consenso al nuevo titular; y hasta tanto se proceda a la...

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