RESOLUCIÓN N° 1977

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCIÓN N° 1977

Encargatura temporal de la Secretaría General

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA;

VISTOS: Los artículos 30 y 44 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 11 literal a) y 14 de la Decisión 409 - Reglamento de la Secretaría General; el artículo 53 de la Resolución 1075 - Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y las Resoluciones 1636 y 1888; y,

CONSIDERANDO: Que corresponde al Secretario General realizar las acciones que le permitan coordinar y mantener vínculos de trabajos con los diversos Órganos e Instituciones del Sistema Andino de integración de la Comunidad Andina;

Que el Consejo Empresarial Andino es una instancia consultiva del Sistema Andino de Integración que está conformado por las organizaciones representativas de los sectores empresariales de cada uno de los Países Miembros, y cuya función es emitir opinión sobre los temas de su interés;

Que el Secretario General se ausentará los días 30 y 31 de enero de 2017 de la Sede de la Secretaría General para sostener en la ciudad de Bogotá, Colombia, reuniones de coordinación con el Presidente del Consejo Gremial Nacional de Colombia, así como con los Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior y Turismo de la República de Colombia, con el objetivo de restablecer las actividades del Consejo Consultivo Empresarial Andino;

Que el artículo 53 de la Resolución 1075 establece que los funcionarios de la Secretaría General realizarán viajes de servicio cuyos...

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