Resolución Nº 1802 de Secretaría General de la Comunidad Andina
Jurisdicción | Comunidad Andina |
Emisor | Secretaría General de la Comunidad Andina |
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2015 |
Número de registro | 1802 |
Número de resolución | 1802 |
Año | 2015 |
Número de Gaceta | 2580 |
Sección | Resoluciones |
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Año XXXII – Número 2580
Lima, 04 de septiembre de 2015
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SUMARIO
SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA
Pág.
RESOLUCIÓN N° 1802 Resuelve el recurso de reconsideración presentado
por el Gobierno del Perú contra la Resolución 1787
de la Secretaría General..................... .................................... 1
RESOLUCIÓN N° 1802
Resuelve el recurso de reconsideración presentado por el Gobierno del Perú contra
la Resolución 1787 de la Secretaría General
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTAS: Las Decisiones 416 y 425 y la Resolución 1787 de la Secretaría General
de la Comunidad Andina;
CONSIDERANDO:
[1] Que, el 22 de junio de 2015 se publicó en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena No.
2522, la Resolución 1787 de la Secretaría General, mediante la cual se declaró que las
mercancías clasificadas en las subpartidas NANDINA 8418.10.30, 8418.10.90 y
8418.21.30, de varios modelos de refrigerador1, elaborados en la República del Ecuador
por la empresa INDUGLOB S.A. y exportados a la República del Perú, cumplen con las
normas de origen establecidas en la Decisión 416; específicamente el literal d) del
artículo 2 y los artículos 9 y 11 de dicha Decisión;
[2] Que, la misma Resolución dejó sin efecto las garantías aplicadas por el Gobierno del
Perú a los certificados de origen contenidos en el cuadro 1 de dicha resolución,
correspondientes a la empresa INDUGLOB S.A., de conformidad con lo dispuesto en el
primer párrafo del artículo 17 de la Decisión 416;
[3] Que, el 5 de agosto de 2015 el Gobierno del Perú solicitó la reconsideración de la
Resolución 1787 con base en los artículos 37 y 39 de la Decisión 425 y solicitó la
suspensión de sus efectos;2
[4] Que, el 11 de agosto, mediante comunicación SG/E/1453/2015, se admitió a trámite el
recurso de reconsideración presentado y mediante comunicaciones SG/E/1454/2015 y
SG/E/1455/2015, se puso en conocimiento de este hecho a los demás Países Miembros;
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1 RI-405 Avant Croma, RI-340 Quarzo Blanco, RI-340 Quarzo Croma, RG13 NF steel, RG11 AF
steel, RI-530 Avant Blanco, RI-580 Quarzo Croma, RI-270 Quarzo Croma.
2 Fs. 1352 - 1358 del expediente.
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