Resolución Nº 1283 de Secretaría General de la Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina
Fecha de publicación13 Octubre 2009
Número de registro1283
Número de resolución1283
Año2009
Número de Gaceta1763
SecciónResoluciones

1

RESOLUCIONES


3 de octubre de 2009

E.3



RESOLUCION 1283











MANUAL DE ELABORACIÓN Y DISPOSICIONES TÉCNICAS PARA LA TRANSMISIÓN DE DATOS ESTADÍSTICOS DE EDUCACIÓN DE LA COMU-NIDAD ANDINA



RESOLUCION 1283


Manual de elaboración y Disposiciones técnicas para la transmisión de datos Estadísticos de Educación de la Comunidad Andina


LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,


VISTOS: El artículo 54 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 115, 601, 647 y 700 de la Comisión de la Comunidad Andina y la Resolución 1081 de la Secretaría General;


CONSIDERANDO:


Que el artículo 5 de la Decisión 647 de la Comisión de la Comunidad Andina, sobre el “Sistema de Indicadores Sociales de la Comunidad Andina” (SISCAN), establece que “Los indicadores y sus definiciones operativas, que serán parte del SISCAN, serán aprobados mediante Resolución de la Secretaría General de la Comunidad Andina, previa consulta a los expertos gubernamentales en estadísticas sociales y el Comité Andino de Estadística”;


Que el artículo 6 de la Decisión 647 de la Comisión de la Comunidad Andina, sobre el “Sistema de Indicadores Sociales de la Comunidad Andina” (SISCAN), establece que “Los servicios nacionales de estadística transmitirán al Servicio Comunitario de Estadística los indicadores establecidos en el SISCAN”; y, que, asimismo, el artículo 7 establece que “Las modalidades técnicas para la transmisión de los resultados serán establecidos mediante Resolución de la Secretaría General, en consulta con los expertos gubernamentales en estadísticas sociales y el Comité Andino de Estadística”;


Que, los expertos gubernamentales en estadísticas sociales del sector educación aprobaron el Manual de elaboración y las Disposiciones técnicas de transmisión de información estadística comunitaria en la XXII Reunión, realizada del 16 al 18de marzo de 2009; y


Que, el Comité Andino de Estadística, en su Décima Reunión Extraordinaria efectuada en Lima, Perú, el 27 de agosto de 2009, dictaminó favorablemente sobre las Disposiciones Técnicas para la transmisión de los datos estadísticos obtenidos de los censos de población y vivienda;


RESUELVE:


Artículo 1.- Adoptar las Fichas técnicas para elaborar las estadísticas de Educación y sus correspondientes Disposiciones técnicas para la transmisión de datos, contenidos como Anexo I y Anexo II, respectivamente, en la presente Resolución.


Artículo 2.- Las estadísticas de educación contempladas en el artículo precedente, se incorporan al SISCAN, en conformidad a lo establecido en la Decisión 647.


Artículo 3.- La transmisión de los resultados prevista en el artículo anterior, se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:


Período de referencia

Número de días después de finalizado el período de referencia

Mensual

Hasta 120 días

Trimestral

Hasta 120 días

Semestral

Hasta 120 días

Anual

Hasta 180 días

No periódico (censos, estudios, otros)

Hasta 365 días


Artículo 4.- Comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución, la cual entrará en vigencia en un plazo de 60 días calendario, contando a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.


Disposición Transitoria


Primera.- Los países que no puedan calcular alguno de los indicadores acordados, podrán solicitar un plazo técnicamente razonable para adecuarse a la presente Resolución.


Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los trece días del mes de octubre del año dos mil nueve.




FREDDY EHLERS

Secretario General














ANEXO I


MANUAL DE ELABORACIÓN DE ESTADÍSTICAS
DE EDUCACIÓN



INTRODUCCIÓN


El presente documento tiene como objetivo ser utilizado como mecanismo en el cálculo y la transmisión de la información relacionada con los indicadores de Educación, que permitirá efectuar el monitoreo y evaluación de las políticas sociales de los países comunitarios, derivadas del Plan Integrado de Desarrollo Social “PIDS” (Decisión 601); así como del cumplimiento de las acciones establecidas en el Programa Estadístico Comunitario (Decisión 700).


Cada indicador contiene la estructura de los aspectos técnicos más relevantes para su producción.


La educación andina será medida, en principio, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 1081 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y mediante la presente Resolución se incluyen otros indicadores que los Expertos revisaron, completaron y/o modificaron de manera consensuada.


El documento se divide en cinco subtemas: El primer subtema trata de la Asistencia Estudiantil y Culminación Escolar, el segundo subtema corresponde al Alfabetismo, el tercer subtema se refiere a la Tecnología, el cuarto subtema a la Calidad Educativa y finalmente el quinto subtema corresponde a dos indicadores del gasto público.


El manual, incluye en anexo, la Tabla de equivalencias del Convenio Andrés Bello y un Glosario de términos educativos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura “UNESCO”.




CONTENIDO


SUBTEMA 1: ASISTENCIA ESTUDIANTIL Y CULMINACIÓN ESCOLAR 7

1.Indicador EDU_101: Tasa bruta de asistencia escolar 7

2.Indicador EDU_102: Tasa bruta de matricula 8

3.Indicador EDU_103: Tasa bruta de culminación/graduación del nivel primario
equivalente para la Comunidad Andina 10

4.Indicador EDU_104: Porcentaje de repetidores 11

5.Indicador EDU_105: Porcentaje de deserción escolar intra-anual 13

6.Indicador EDU_106: Índice de Paridad de la tasa bruta de matrícula entre hombres
y mujeres 14

SUBTEMA 2: ALFABETISMO 15

1.Indicador EDU_201: Tasa de alfabetismo 15

2.Indicador EDU_202: Índice de paridad entre las tasas de alfabetismo de las
mujeres y los hombres 16

SUBTEMA 3: TECNOLOGÍA 18

1.Indicador EDU_301: Porcentaje de alumnos con acceso a computadoras en sus
establecimientos educativos 18

2.Indicador EDU_302: Número de alumnos por computadora 19

3.Indicador...

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