Resolución Nº 1281 de Secretaría General de la Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina
Fecha de publicación30 Septiembre 2009
Número de registro1281
Número de resolución1281
Año2009
Número de Gaceta1761
SecciónResoluciones
30 de setiembre de 2009
D.1.5
RESOLUCIONES
RESOLUCION 1281
MODIFICA LA RESOLUCIÓN 1239 Y ADOPTA EL
FORMATO ELECTRÓNICO DE LA DECLARACIÓN
ANDINA DEL VALOR
RESOLUCIÓN 1281 Modifica la Resolución 1239 y
adopta el Formato Electrónico
de la Declaración Andina del
Valor
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTAS: La Decisión 571 – Valor en Aduana de las Mercancías Importadas; y, las
Resoluciones 846 - Reglamento Comunitario de la Decisión 571 y 1239 - Actualización de
la Adopción de la Declaración Andina del Valor (DAV); y,
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y la
Disposición Transitoria Primera de la Decisión 571, corresponde a la Secretaría General de
la Comunidad Andina adoptar y reglamentar mediante Resolución el funcionamiento de la
Declaración Andina del Valor;
Que, mediante la Resolución 1239 se actualiza la Resolución 1112 - Adopción de la
Declaración Andina del Valor, estableciéndose el 1 de junio de 2010 como fecha límite
para que se implemente la presentación de la DAV, así como la correspondiente
transmisión electrónica de datos por parte de los usuarios;
Que, en la XXIV Reunión del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero de
manera conjunta con Expertos en Valoración Aduanera, realizada de modo presencial en
Lima del 24 al 28 de agosto de 2009, entre otros, se aprobó una propuesta de Cronograma
de Actividades, para la implementación del Documento Único Aduanero y de la DAV, la
cual implica una necesaria prórroga de la fecha límite para que se implemente la
presentación de esta última, así como su correspondiente transmisión electrónica de
datos por parte de los usuarios en la Subregión;
Que resulta conveniente prorrogar la fecha límite antes referida atendiendo a que es
preciso continuar una serie de actividades (incluidas las de naturaleza informáticas) para
lograr la plena implementación de la DAV, en un plazo razonable, a efectos de que se
pueda cumplir íntegramente con lo dispuesto por la Decisión 571 y su reglamento;
Que, en la misma Reunión del Grupo de Expertos en Documento Único Aduanero de
manera conjunta con Expertos en Valoración Aduanera, se verificó la conformidad del
Formato Electrónico de la DAV proyectado por este Órgano Comunitario; siendo necesaria
la adopción de este instrumento informático para que se implemente oportunamente la
correspondiente transmisión electrónica por parte de los usuarios en la Subregión,
atendiendo a lo previsto por el artículo 1 de la Resolución 1239;
RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 8 de la Resolución 1239, el cual quedará redactado de
la siguiente manera:
Artículo 8.- Entrada en vigor
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta
Oficial del Acuerdo de Cartagena.
- 2 -
La fecha límite para que se implemente la presentación de la DAV aprobada
mediante esta Resolución, así como la correspondiente transmisión electrónica de
datos, por parte de los usuarios, será el 11 de enero de 2011.”
Artículo 2.- Adoptar el Formato Electrónico de la Declaración Andina del Valor
conforme a las especificaciones del Anexo adjunto a la presente Resolución.
Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigor en la fecha de su publicación en
la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de setiembre del año
dos mil nueve.
ANA MARÍA TENENBAUM DE REÁTEGUI
Directora General
Encargada de la Secretaría General

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR