Resolución Nº 1075 de Secretaría General de la Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina
Fecha de publicación15 Diciembre 2006
Número de registro1075
Número de resolución1075
Año2006
Número de Gaceta1448
SecciónResoluciones

1

RESOLUCIONES

5 de diciembre de 2006

6.1



RESOLUCION 1075











TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA GENERAL



RESOLUCION 1075


Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General


LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,


VISTOS: El Reglamento de la Secretaría General y, en especial, el literal c) de su artículo 11; la Resolución 716, que aprueba el Reglamento Interno de la Secretaría General; la Resolución 948, que modifica el Reglamento Interno de la Secretaría General; la Resolución 952, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y la Resolución 1058, que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General; y,


CONSIDERANDO: Que, en virtud del mandato contenido en el literal c) del artículo 11 del Reglamento de la Secretaría General, corresponde al Secretario General aprobar, mediante Resolución, el Reglamento Interno de la Secretaría General, previa opinión favorable de la Comisión;


Que, con ocasión de su Período 128° Extraordinario de Sesiones celebrado entre el 8 de agosto y el 4 de setiembre de 2006, la Comisión de la Comunidad Andina emitió opinión favorable a la reforma del Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General que le fuera informada en dicha ocasión; y,


Que, mediante Resolución 1058 se modificó el artículo 51 de la Sección “I” del Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General, contenido en la Resolución 952 de la Secretaría General, por lo que debe realizarse los ajustes necesarios a su contenido;


RESUELVE:


Artículo 1.- Publicar el Texto Único Ordenado del Reglamento Interno de la Secretaría General (Resoluciones 952 y 1058), el cual consta en el Anexo I de la presente Resolución.


Artículo 2.- Notifíquese a los Países Miembros la presente Resolución. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 37 y 44 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, se señala que contra la misma cabe interponer recurso de reconsideración dentro de los 45 días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial, así como acción de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia.


Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil seis.




ALFREDO FUENTES HERNANDEZSecretario General (E)ANEXO I


TEXTO UNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA

GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA


CAPITULO I

Objeto y Ámbito de Aplicación


Artículo 1.- El presente Reglamento rige las condiciones de empleo y define las obligaciones y los derechos de los funcionarios de la Secretaría General de la Comunidad Andina (en adelante “los funcionarios” y “la Secretaría General”, respectivamente). Del mismo modo, tiene como finalidad establecer normas generales de trabajo que regulen el orden administrativo y laboral entre la Secretaría General y los funcionarios, con el objeto que la prestación de servicios se desarrolle con la mayor transparencia, comprensión y eficacia. A los efectos de las materias reguladas por el presente Reglamento, la Secretaría General estará representada por el Secretario General o por el funcionario en quien éste delegue.


Artículo 2.- Salvo disposición en contrario, el presente Reglamento se aplica a todos los funcionarios que componen el personal de la Secretaría General, sin discriminación por razones de sexo, raza o religión u otras, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Cartagena y en el Reglamento de la Secretaría General.


CAPITULO II

De la Contratación de Funcionarios


Artículo 3.- Son funcionarios aquellos que hayan sido contratados bajo las modalidades previstas en los artículos 8 y 9 del presente Reglamento.


Artículo 4.- La contratación de los funcionarios procederá por selección, atendiendo a los requerimientos técnicos de las funciones que deban ser desempeñadas y de acuerdo con los criterios establecidos en los artículos 24 y 25 del Reglamento de la Secretaría General. La selección se realizará mediante examen de antecedentes, entrevistas personales, examen médico y otros métodos que permitan establecer la competencia e idoneidad del candidato para el exitoso desarrollo de las tareas que le serán encomendadas.


Artículo 5.- Entre los requisitos necesarios para la contratación de funcionarios, la Secretaría General exigirá la acreditación de la formación académica o experiencia apropiadas según la naturaleza del rol y responsabilidad que se vayan a asignar. No obstante, podrá prescindirse del primer requisito si la experiencia en la materia del candidato fuera sobresaliente. La contratación se realizará en los términos señalados en el artículo 14 del presente Reglamento.


Artículo 6.- No podrá ser contratado como funcionario ningún candidato que tenga las siguientes relaciones de parentesco por vínculo de sangre o afinidad con algún otro funcionario:


a) Padre, suegro o hijo;

b) Hermano, cuñado, primo o sobrino; o,

c) Cónyuge o compañero permanente reconocido como tal de acuerdo a ley.


No se encuentran comprendidos en el presente artículo los funcionarios que contraigan matrimonio o establezcan el vínculo referido en el literal c) durante el tiempo de servicio o existencia del vínculo laboral con la Secretaría General.


Artículo 7.- La contratación de los funcionarios se realizará mediante contrato escrito, el mismo que será suscrito por el Secretario General y por el candidato seleccionado.


Modalidades de Contratación

A. Por el Plazo del Contrato


Artículo 8.- Los funcionarios serán contratados por un período mínimo de un año, renovable por mutuo acuerdo de las partes hasta por un total de siete años como máximo, en los términos señalados en los artículos 15 y 20 del presente Reglamento.


B. Por la Naturaleza de la Contratación


Artículo 9.- Por la naturaleza de su contratación, los funcionarios pueden ser funcionarios internacionales o funcionarios locales. La Secretaría General determinará la naturaleza de la contratación de sus funcionarios en función al rol principal que desempeñarán en la Secretaría General.


Artículo 10.- Tendrán condición de funcionarios internacionales los siguientes:


- Secretario General;

- Directores Generales;

- Gerente General de Operaciones y Finanzas;

- Asesores;

- Coordinadores;

- Ejecutivos de Proyecto.


Artículo 11.- Los funcionarios a quienes la Secretaría General contrate como funcionarios internacionales recibirán una remuneración y beneficios derivados de la naturaleza misma de su contratación, así como privilegios e inmunidades en concordancia con lo dispuesto en los convenios vigentes entre la Secretaría General de la Comunidad Andina y cualquiera de los Países Miembros.


Artículo 12.- Serán funcionarios locales aquellos a quienes la Secretaría General otorgue dicha condición, independientemente de la nacionalidad o país de residencia habitual.


Artículo 13.- La Secretaría General determinará la remuneración y beneficios de cada funcionario basándose en criterios tales como:


a) El rol y el nivel de responsabilidad del cargo que ocupe;

b) La sensibilidad de las funciones que le sean asignadas;

c) De ser el caso, la condición de cambio de país de residencia;

d) La representatividad que el funcionario asuma en nombre de la Secretaría General; y,

e) Lo dispuesto en los Convenios de Privilegios e Inmunidades suscritos por la Secretaría General.


C. Por la Formación Académica y Experiencia


Artículo 14.- Los funcionarios contratados por la Secretaría General pertenecerán a una categoría correspondiente al grado de instrucción alcanzado y la experiencia en tareas relacionadas con aquellas para las cuales está siendo contratado. Los funcionarios podrán ser:


a) Profesionales:

Funcionarios con título profesional o de Licenciado.

Funcionarios con mención de Maestría o equivalente.

Funcionarios con mención de Doctorado o equivalente.


b) Técnicos:

Funcionarios...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex