Resolución Nº 080 de Secretaría General de la Comunidad Andina
| Jurisdicción | Comunidad Andina |
| Emisor | Secretaría General de la Comunidad Andina |
| Fecha de publicación | 12 Mayo 1998 |
| Número de registro | 080 |
| Número de resolución | 080 |
| Año | 1998 |
| Número de Gaceta | 341 |
| Sección | Resoluciones |
COMUNIDAD ANDINA
SECRETARIA GENERAL
Resolución 080
12 de mayo de 1998
RESOLUCION 080
RESOLUCION 080
Dictamen 07-98 de Incumplimiento
por parte de la República de Colombia en la aplicación de medidas previstas en el artículo 102 del Acuerdo de Cartagena
LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El artículo 30, literal a), y el Capítulo VII sobre Programas de Desarrollo Agropecuario del Acuerdo de Cartagena, los artículos 5 y 23 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena y la Resolución 457 de la Junta del Acuerdo de Cartagena;
CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de febrero de 1997, la Junta del Acuerdo de Cartagena emitió la Resolución 457, publicada el 28 del mismo mes y año en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, mediante la cual dictaminó que el “retraso por parte del Gobierno de Colombia, en la notificación a la Junta de las medidas adoptadas por invocación del artículo 72 [actual artículo 102] del Acuerdo de Cartagena, en relación con las importaciones de arroz procedentes de Venezuela, constituye un incumplimiento, por parte del referido gobierno, de obligaciones emanadas de normas que conforman el ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartagena…”;
Que el artículo 103 del Acuerdo de Cartagena establece que “el país que imponga las medidas de que trata el artículo anterior [medidas no discriminatorias impuestas al comercio de productos agropecuarios] dará cuenta inmediata a la Secretaría General [anteriormente a la Junta del Acuerdo de Cartagena], acompañando un informe sobre las razones en que se ha fundado para aplicarlas…”;
Que, con fecha 19 de junio de 1997, el Ministerio de Comercio Exterior de Colombia comunicó a la Junta del Acuerdo de Cartagena que el 28 de mayo del mismo año se había promulgado en ese país el Decreto 1414, por medio del cual se prorrogaban hasta el 31 de mayo de 1998, las medidas sobre las importaciones de arroz procedentes de Venezuela, las mismas que habían sido establecidas y prorrogadas sucesivamente por los Decretos 2353 del 29...
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