Resolución Nº 01 de Secretaría General de la Comunidad Andina
| Jurisdicción | Comunidad Andina |
| Emisor | Secretaría General de la Comunidad Andina |
| Fecha de publicación | 06 Noviembre 2020 |
| Número de registro | CSP-I-01-20 |
| Número de resolución | 01 |
| Año | 2020 |
| Número de Gaceta | 4113 |
| Sección | Resoluciones |
UNIVERSIDAD ANDINA
SIMON BOLIVAR
EL CONSEJO SUPERIOR PROVISIONAL
DE LA UNIVERSIDAD ANDINA
SIMÓN
BOLÍVAR
Resolución
CSP-I-01-20
Considerando
Que
el
Consejo Andino
de
Ministros
de
Relaciones Exteriores, mediante
la
Decisión
791 ''Grupo
de
Trabajo
de la
Reingenieria del Sistema Andino
de
Integración"
de
15 de junio
de
2013
y la
Decisión
792
"Implementación
de la
Reingeniería
del
Sistema Andino de
Integración"
de 13 de septiembre de 2013,
resolvió
establecer y
constituir,
en el
marco
de la
Secretaría
General
de la
CAN,
un
Grupo
de
Trabajo
sobre
la
Universidad Andina
Simón
Bolívar,
que
realizó
reuniones destinadas
a
fortalecer el desarrollo de la universidad como
institución
de
integración.
Que
el
Grupo
de
Trabajo,
de
manera consensuada,
presentó
un
informe
al
Consejo
Andino
de
Ministros
de
Relaciones Exteriores sugiriendo que,
en
vista
que era
necesario que se reforme el Estatuto de la Universidad Andina
Simón
Bolívar
y
se
estructure su Consejo Superior, se
debía
elevar el asunto
a
las
más
altas autoridades
del Sistema Andino
de
Integración
para
que
posibiliten reconducir
la
institucionalidad y el fortalecimiento de la
institución
académica
de la CAN.
Que
el XX
Consejo Presidencial Andino,
en
reunión
virtual
de 8 de
julio
de
2020,
mediante Directriz
declaró:"9.LA
NECESIDAD
de que los
Países
Miembros
realicen
los
esfuerzos necesarios para finalizar
los
compromisos derivados
del
Proceso
de
Reingeniería
de la
CAN, particularmente sobre
la
reforma del Sistema
Andino de
Solución
de Controversias
y el
Tribunal de Justicia,
así
como lograr los
consensos
que
permitan
la
consolidación
institucional
de la
Universidad Andina
Simón
Bolívar
y su
fortalecimiento.
10.
NUESTRO ACUERDO,
a
través
de la
presente Directriz,
de
instruir
al
Consejo Andino
de
Ministros
de
Relaciones
Exteriores para que
a
partir de la propuesta del Grupo de Trabajo de la Universidad
Andina
Simón
Bolívar
(UASB)
y en el
plazo
de
treinta
días,
emita una
Decisión
que viabiiice
las
reformas necesarias para reconducir
la
institucionalidad,
el
funcionamiento y el fortalecimiento de la UASB."
Que
ei
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, mediante
Decisión
863,
de
1 de
septiembre
de
2020, acatando
lo
dispuesto
por el
Consejo Presidencia!
Andino,
resolvió:
"En cumplimiento de la Directriz contenida en la
Declaración
del
Consejo Presidencial Andino
de
fecha
8
de julio
del
2020,
los
gobiernos
de los
países
miembros acuerdan disolver
el
Consejo Superior Universitario actual
y
conformar un Consejo Superior Universitario Provisional de la Universidad Andina
Simón
Bolívar
(UASB),
el
cual
estará
integrado por: Un representante titular
y un
representante alterno
de
cada
país
miembro; Rectores
de las
sedes Central
y
Ecuador
de
la
UASB; Rector
de
la
Universidad
San
Francisco Xavier
de
UNIVERSIDAD ANDINA
SIMON BOLIVAR
Chuquisaca; Un Delegado Docente de cada
país
sede de
la
UASB; Un Delegado de
la Secretaria General
de la
CAN.
Serán
convocados
por la
misma
Secretaría,
para
que,
dentro de los
próximos
sesenta
días,
aprueben las reformas del Estatuto
de la
UASB y resuelvan asuntos urgentes que estuvieren pendientes. Una vez aprobada la
reforma del Estatuto se
procederá
a designar a los miembros definitivos del Consejo
Superior Universitario,
de
conformidad
con las
normas
que
determine
el
propio
Estatuto."
Que
la
Secretaría
General
de la CAN
puso
en
marcha
la
integración
del
Consejo
Superior Provisional
de la
Universidad,
con lo
cual
las
Cancillerías
de los
cuatro
países
miembros designaron
a
sus delegados principales y altemos.
Que
el
Secretario General
de la
CAN,
en
fecha 23
de
octubre
de
2020,
convocó
a los
miembros
del
Consejo Superior Provisional
de la
Universidad
a
una
reunión
a
realizarse
el 28 de
octubre
de
2020, para considerar
el
siguiente orden
el día:
"1.
Verificación
del Quorum;
2.Designación
del Presidente
y
Secretario de
la
reunión;
3.Presentación
del
Proyecto
de
Estatuto
de la
UASB;
4.Votación
del
Proyecto
de
Estatuto de la UASB;
5.Consideración
y determinaciones acerca de eventuales asuntos
urgentes de la UASB que estuvieren pendientes".
Que el Consejo Superior Provisional de la Universidad Andina
Simón
Bolívar
se
reunió
el
día
28 de
octubre
de
2020
y
procedió
a
constituirse, eligiendo presidente
y
secretario;
consideró
el
proyecto
de
reforma
del
Estatuto
de
la
Universidad
formulado
de
consenso por
la
Sede Central
y la
Sede Ecuador;
y,
luego
de
varias
consultas
y un
cuarto intermedio,
el 3 de
noviembre
de
2020
aprobó
el
texto
codificado del mencionado instrumento
jurídico.
Art. 1.- Aprobar las reformas
al
Estatuto de
la
Universidad Andina
Simón
Bolívar,
así
como
la
versión
definitiva
del
mismo
que
codificada
se
adjunta
y
hace parte
de
esta
resolución.
Art. 2.- La
versión
del Estatuto que ha sido aprobada y codificada
entrará
en vigencia de
forma inmediata,
sin
perjuicio
de su
publicación
en la
Gaceta Oficial
del
Acuerdo
de
Cartagena.
RESUELVE
Noviembre 3 de 2020
Dr. Bernardo WayarCaballero
PRESIDENTE
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