Resolucion 399

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION 399

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El artículo 30 literal a) y el Capítulo V del Acuerdo de Cartagena, los artículos 4 y 23 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, la Resolución 234 y la Decisión 328; y,

CONSIDERANDO: Que, con fecha 03 de junio de 1999, la Secretaría General de la Comunidad Andina emitió la Resolución 234, publicada en la Gaceta Oficial 446 del 04 de junio de 1999, que contiene el Dictamen de Incumplimiento 17-99 por parte del Gobierno de Colombia en la aplicación de normas sobre Sanidad Agropecuaria. La Resolución 234 determinó que el Gobierno de Colombia, al no establecer el plazo de vigencia de la Resolución 03497 del 23 de diciembre de 1998, mediante la cual suspendió de la expedición de permisos zoosanitarios para la importación de bovinos, porcinos y demás especies susceptibles de transmisión de fiebre aftosa procedentes del Ecuador, incurrió en incumplimiento de normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, en especial del artículo 5 del Tratado de Creación del Tribunal (hoy artículo 4) y de la Decisión 328;

Que, con fecha 23 de junio de 1999, el Instituto Colombiano Agropecuario (en adelante ICA) de Colombia emitió la Resolución 01258, por medio de la cual se estableció en su artículo primero el término de vigencia de dos meses calendario a partir de su publicación, para la suspensión de la expedición de permisos zoosanitarios para la importación de bovinos, porcinos y demás especies susceptibles, productos y subproductos de las especies mencionadas, establecida en los artículos 1 y único de las Resoluciones 03497 y 018 de 1998 y 1999, respectivamente;

Que, con fecha 30 de junio de 1999, el Ministerio de Comercio Exterior de Colom-bia remitió a esta Secretaría General copia de la comunicación 06318 del ICA en la que se anexa la Resolución 01258 del 23 de junio, dando cuenta que la emisión de dicha norma tiene por objeto poner fin al incumplimiento decretado y cumplir con el mandato contenido en el artículo 2 de la Resolución 234...

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