Resolucion 285

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION 285

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Artículo 30 literal a) del Acuerdo de Cartagena, los Artículos 4 y 23 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (modificado por el Protocolo de Cochabamba), el artículo 17 de la Decisión 328 "Sanidad Agropecuaria" de la Comisión, el artículo 15 de la Decisión 425, y la Resolución 431 de la Junta del Acuerdo de Cartagena; y,

CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de agosto de 1999, fue publicada en la Gaceta Oficial 474 del Acuerdo de Cartagena la Resolución 271, por medio de la cual se resolvió suspender la aplicación de la Resolución 01384 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) a los Países Miembros de la Comunidad Andina, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 17 de la Decisión 328, en concordancia con la Resolución 431. Así mismo, se concedió al Gobierno de Colombia un plazo no mayor a 5 días calendario contados a partir de la notificación de la Resolución 271 para la suspensión de la aplicación de la Resolución 01384 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) a los demás Países Miembros;

Que, con fecha 7 de septiembre de 1999, la Secretaría General de la Comunidad Andina envió al Gobierno de Colombia la Nota de Observaciones SG-F/2.1/2215/99, como consecuencia del incumplimiento de la Resolución 271 de la Secretaría General de la Comunidad Andina. En la Nota de Observaciones se le otorgó un plazo máximo de 3 días hábiles para que Colombia enviara la correspondiente respuesta;

Que, con fecha 7 de septiembre de 1999, la Secretaría General recibió una comuni-cación del Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona-les del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Perú, por la cual informó acerca de la situación de las exportaciones peruanas de tangelo a Colombia. A su escrito anexó copia de los siguientes docu-mentos: 1) Copia del fax 548-99-MITINCI/VMINCI/DNINCI, de fecha 6 de septiembre de 1999, dirigido a la Viceministra de Comercio Exterior de Colombia...

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