RESOLUCIÓN 1743

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION N° 1743

Actualización de la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El 83 del Acuerdo de Cartagena; las Decisiones 370, 414, 766, 794 y 799; las Resoluciones 756 y 1655 de la Secretaría General; y;

CONSIDERANDO: Que el artículo 83 del Acuerdo de Cartagena establece que, cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes hasta el momento en que la Secretaría General verifique que se ha iniciado su producción en la Subregión;

Que de conformidad con el artículo 4 de la Decisión 370, corresponde a la Secretaría General modificar la Nómina de Bienes No Producidos (NBNP), identificados en términos de la Nomenclatura Común NANDINA, con arreglo a los procedimientos establecidos en la Resolución 756 – Procedimiento para la actualización de la Nómina de Bienes No Producidos y la Nómina de Producción Exclusiva del Perú (NPEP);

Que la Decisión 799, indicó que mediante Decisión 370 se creó la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión, y que dicha nómina cumple con una finalidad estadística en la subregión;

Que la Resolución 756 establece en su artículo 7, que las solicitudes para excluir productos de la NBNP deberán contener los datos de las empresas que se encuentren produciendo el bien respectivo y deberán especificar claramente los productos clasificados a nivel de nomenclatura NANDINA, incluyendo, de ser el caso, las características que permitan distinguir al bien de los demás que se clasifican en la misma subpartida;

Que el Gobierno de Colombia, mediante mensaje electrónico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT), recibido el 23 de septiembre y 20 de octubre de 2014, solicitó actualizar la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión (NBNP), con el fin de excluir de la nómina el “Esterilizador de cuchillos para la industria alimentaria.”, clasificado en la subpartida NANDINA 8419.89.93; al ser producido por la empresa “CI. Tecnología Alimentaria TALSA S.A”;

Que el Gobierno de Colombia remitió copia del Registro de Productor de Bienes Nacionales en Colombia y la Ficha Técnica de Verificación de Producción señalada en la Resolución 756, con la información requerida;

Que la Secretaría...

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