RESOLUCIÓN 1496

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

28 de agosto de 2012

D.1.10

RESOLUCION 1496

Medida de Emergencia aplicada por la República de Colombia, por la cual se suspende temporalmente el ingreso de ovinos y caprinos procedentes de la Zona Metropolitana de Santiago de Chile por la presencia de Aborto Enzoótico de las Ovejas (Chlamydophila abortus)

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 1 y 2 de la Decisión 686, 31 y 32 de la Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina y los artículos 41 y 116 de la Resolución 1339; y,

CONSIDERANDO:

Que el 12 de julio de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia, al amparo de los artículos 31 y 32 de la Decisión 515, notificó a la Secretaría General de la Comunidad Andina la Resolución Nº 1977 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) del 6 de julio de 2012, publicada el mismo día en el Diario Oficial N° 48.483, mediante la cual se dispuso la suspensión de importación a Colombia de ovinos y caprinos procedentes de la Zona Metropolitana de Santiago de Chile por la presencia de Aborto Enzoótico de las Ovejas (Chlamydophila abortus), por un plazo de seis (6) meses;

Que de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 32 de la Decisión 515, mediante las comunicaciones SG-F/D.1.10/616/2012 y SG-X/D.1.10/471/2012, enviadas el 12 de julio de 2012, la Secretaría General de la Comunidad Andina acusó recibo de la norma colombiana y la puso en conocimiento de los demás Países Miembros para que en el plazo de cinco (5) días hábiles presentaran las consideraciones que estimaran pertinentes;

Que el 18 de julio de 2012, mediante Carta N° 00117-2012-AG-SENASA el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) de la República del Perú, informó que no tiene observaciones a la referida medida;

Que el 19 de julio de 2012, mediante Oficio N° MAGAP-DE/AGROCALIDAD-2012-000606-OF la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD), informó que se acoge a la referida medida y por el tiempo indicado;

Que durante el plazo concedido a los Países Miembros para pronunciarse, la Secretaría General de la Comunidad Andina no recibió información u oposiciones respecto a la Resolución Nº 1977 de parte de Bolivia;

Que la Resolución Nº 1977 se sustenta en el hecho de que el Aborto...

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