RESOLUCIÓN 1496
Emisor | Secretaría General de la Comunidad Andina |
28 de agosto de 2012
D.1.10
RESOLUCION 1496
Medida de Emergencia aplicada por la República de Colombia, por la cual se suspende temporalmente el ingreso de ovinos y caprinos procedentes de la Zona Metropolitana de Santiago de Chile por la presencia de Aborto Enzoótico de las Ovejas (Chlamydophila abortus)
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: Los artículos 1 y 2 de la Decisión 686, 31 y 32 de la Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina y los artículos 41 y 116 de la Resolución 1339; y,
CONSIDERANDO:
Que el 12 de julio de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia, al amparo de los artículos 31 y 32 de la Decisión 515, notificó a la Secretaría General de la Comunidad Andina la Resolución Nº 1977 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) del 6 de julio de 2012, publicada el mismo día en el Diario Oficial N° 48.483, mediante la cual se dispuso la suspensión de importación a Colombia de ovinos y caprinos procedentes de la Zona Metropolitana de Santiago de Chile por la presencia de Aborto Enzoótico de las Ovejas (Chlamydophila abortus), por un plazo de seis (6) meses;
Que de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 32 de la Decisión 515, mediante las comunicaciones SG-F/D.1.10/616/2012 y SG-X/D.1.10/471/2012, enviadas el 12 de julio de 2012, la Secretaría General de la Comunidad Andina acusó recibo de la norma colombiana y la puso en conocimiento de los demás Países Miembros para que en el plazo de cinco (5) días hábiles presentaran las consideraciones que estimaran pertinentes;
Que el 18 de julio de 2012, mediante Carta N° 00117-2012-AG-SENASA el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) de la República del Perú, informó que no tiene observaciones a la referida medida;
Que el 19 de julio de 2012, mediante Oficio N° MAGAP-DE/AGROCALIDAD-2012-000606-OF la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD), informó que se acoge a la referida medida y por el tiempo indicado;
Que durante el plazo concedido a los Países Miembros para pronunciarse, la Secretaría General de la Comunidad Andina no recibió información u oposiciones respecto a la Resolución Nº 1977 de parte de Bolivia;
Que la Resolución Nº 1977 se sustenta en el hecho de que el Aborto...
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