RESOLUCION 1451

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

2 de febrero de 2012

E

RESOLUCION 1451

Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2012

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTO: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y,

CONSIDERANDO: Que el artículo 30 del Reglamento de Procedimientos Administrativos dispone que el Secretario General debe dar a conocer anualmente el calendario de días hábiles de la Secretaría General;

RESUELVE:

Artículo 1 A efectos del cómputo de los plazos de los procedimientos administrativos que se sigan ante la Secretaría General, los días hábiles serán de lunes a viernes.
Artículo 2 No se considerarán días hábiles los sábados, domingos ni los feriados establecidos por la legislación peruana que se detallan a continuación:

Jueves, 5 de abril – Jueves Santo

Viernes, 6 de abril – Viernes Santo

Martes, 1 de mayo – Día del Trabajo

Viernes, 29 de junio - San Pedro y San Pablo

Jueves, 30 de agosto – Santa Rosa

Lunes, 8 de octubre – Combate de Angamos

Jueves, 1 de noviembre – Día de Todos los Santos

Martes, 25 de diciembre – Navidad

Artículo 3 Tampoco se considerarán días hábiles aquellos señalados en el Decreto Supremo No.099-2011-PCM de Perú de 29 de diciembre de 2011, y que se detallan a continuación:

Lunes, 13 de febrero

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