RESOLUCION 1411

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

20 de abril de 2011

E

RESOLUCION 1411

Establecimiento de días no laborables de la Secretaría General

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad Andina contenido en la Decisión 425 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, y el artículo 3 de la Resolución 1400 de 14 de febrero de 2011;

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo 019-PCM-2011 de 5 de marzo de 2011, el Gobierno peruano estableció los días no laborables para el año 2011;

Que el artículo 3 de la Resolución 1400 “Calendario de días hábiles de la Secretaría General para el año 2011” establece que los demás días inhábiles que decrete la Secretaría General, incluidos los que declare la República del Perú como feriados, se darán a conocer oportunamente.

RESUELVE:

Artículo 1 Adicionalmente a los días no laborables establecidos en la Resolución 1400, no se considerarán días laborables, los siguientes:

Lunes, 2 de mayo de 2011

Lunes, 29 de agosto de 2011

Lunes, 31 de octubre de 2011

Viernes, 23 de diciembre de 2011

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