RESOLUCION 1336
Emisor | Secretaría General de la Comunidad Andina |
22 de julio de 2010
D.1.10
RESOLUCION 1336
Modificación de la Resolución 1012 de la Secretaría General de la Comunidad Andina
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Capítulo IX del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 515 de la Comisión que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria, y la Resolución 1012 de la Secretaría General de la Comunidad Andina; y,
CONSIDERANDO: Que, desde la adopción del Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades de los Animales Exóticas a la Subregión Andina por Resolución 447 de la Junta del Acuerdo de Cartagena y sus actualizaciones por las Resoluciones 146, 480, 847 y 1012 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, se han producido modificaciones en las exigencias sanitarias para la importación de animales y productos de riesgo, respecto a la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB);
Que, el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE, independientemente de la condición sanitaria de los países exportadores recomienda la comercialización de algunos productos de origen bovino, además de los establecidos en la Resolución 1012;
Que, el Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA) Grupo Sanidad Animal, en su XCVIII Reunión realizada en Lima, del 23 al 25 de junio de 2010, recomendó a la Secretaría General modificar el Anexo de la Resolución 1012 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, a fin de eliminar la exigencia de análisis de riesgo comunitario, como requisito para la importación de carne deshuesada de bovinos menores de 30 meses y retirar como especie susceptible a los ovinos, caprinos, cérvidos, productos y subproductos de estas especies; así como a felinos silvestres vivos; y,
Que, habiéndose cumplido el procedimiento previsto en el artículo 46 de la Decisión 515, la Secretaría General;
RESUELVE:
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil diez.
ADALID...
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