Resolucion 103

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION 103 Dictamen 20-98 rectificatorio del Dictamen de incumplimiento 12-98 por parte de la República de Venezuela en la aplicación de aranceles nacionales distintos al Arancel Externo Común

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Artículo 30, literal a), y el Capítulo VI del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 370 de la Comisión sobre Arancel Externo Común, la Resolución 090 y los artículos 5 y 23 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia del Acuerdo de Cartagena; y,

CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de junio de 1998, la Secretaría General expidió la Resolución 090, mediante la cual se emitió el dictamen 12-98, conteniendo una lista de 55 subpartidas NANDINA que reflejaban aranceles aplicados por Venezuela diferentes a los establecidos en la Decisión 370. La Secretaría General hizo referencia específicamente al siguiente ámbito de subpartidas:

2811294000 2818100000 2818200000 2822000000 2917392000 2922421000 2930106000 2930109000 3006600000 3213900000 3701309010 3812200000 3819000000 3926906000 4011500000 4016997000 4806200000 4813900000 5911200000 6902201000 8408200000 8422309000 8437801100 8437801900 8443510000 8468201000 8474109000 8474209000 8474809000 8479200000 8479820000 8512900090 8515110000 8515310000 8515900000 8608000000 8705200000 8705300000 8705400000 8705902000 8705909000 8708100000 8708291000 8708292000 8708293000 8708294000 8708299000 8708994000 9025111000 9602001000 9701100000 9701900000 9702000000 9703000000 9706000090

Que, el Gobierno de Venezuela a través de nota del Ministerio de Industria y Comercio del 6 de junio de 1998, recibida en la Secretaría el 6 de julio de 1998, remitió la Resolución Conjunta Nº 3883 y 084 de los Ministerios de Hacienda y de Industria y Comercio respectivamente, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.456 del 19 de mayo de 1998, mediante la cual se modificaron niveles arancelarios para una lista de 38 subpartidas arancelarias dictaminadas en situación de incumplimiento de los compromisos asumidos con la Decisión 370 a través de la Resolución 090;

Que, efectuado el análisis en la Secretaría General se encontró que las 38 subpartidas mencionadas en el párrafo cuentan actualmente con niveles arancelarios acordes con lo establecido en la Decisión 370;

Que dado que la Resolución conjunta...

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