PROCESO 76-IP-2021

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA
PROCESO 76-IP-2021
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, reunido en San Francisco de
Quito, en sesión judicial celebrada por medios telemáticos
1
el 6 de noviembre de
2023, adopta por unanimidad el presente auto.
VISTOS:
El Oficio 0015-T.TDCTSCQ-GR-2021 recibido físicamente el 20 de abril de 2021,
mediante el cual el Tercer Tribunal del Tribunal Distrital de lo Contencioso
Tributario con sede en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
de la República del Ecuador solicitó la interpretación prejudicial de los artículos 1,
2, 3, 4, 5, 14, 15, 16 y 17 de la Decisión 571 «Valor en Aduana de las Mercancías
Importadas» de la Comisión de la Comunidad Andina (en adelante, la Decisión
571); 2 (literales b, d, e, f y j); 4, 5, 8, 32, 37, 38, 48, 51 y 52 del «Reglamento
Comunitario de la Decisión 571 Valor en Aduana de las Mercancías
Importadas», contenido en el anexo de la Resolución 846 de la Secretaría General
de la Comunidad Andina (en adelante, el Reglamento de la Decisión 571)
[actuales artículos 2 (literales b, d, e, h y p), 4, 5, 8, 36, 41, 42, 50, 53 y 54 del
anexo de la Resolución 1684 de la SGCA - «Actualización del Reglamento
Comunitario de la Decisión 571» (en adelante, la Actualización del Reglamento
de la Decisión 571)]; y del Comentario 1.1 del Comité Técnico de Valoración en
Aduana de la Organización Mundial de Aduanas, comunitarizado mediante su
incorporación al apéndice del anexo de las Resoluciones 846 y 1684 de la SGCA
(en adelante, los Textos del Comité Técnico de Valoración en Aduana de la
OMA), a fin de resolver el proceso interno 1710202000046.
Las sentencias de interpretación prejudicial emitidas en los procesos 145-IP-
2022, 261-IP-2022, 350-IP-2022
2
y 391-IP-2022
3
, todas de fecha 13 de marzo
de 2023, a través de las cuales el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
(en lo sucesivo, el Tribunal o el TJCA) reconoció que «el criterio jurídico
interpretativo del acto aclarado es plenamente compatible con lo establecido en
el segundo párrafo del artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de
Justicia de la Comunidad Andina y en el artículo 123 de su Estatuto».
1
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento Interno del Tribunal de Justicia
de la Comunidad Andina.
2
Publicadas en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5146 del 13 de marzo de 2023. Disponible
en: https://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/GACETA%205146.pdf
3
Publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5147 del 13 de marzo de 2023. Disponible
en: https://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/GACETA%205147.pdf

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