PROCESO 43-IP-2007
| Jurisdicción | Comunidad Andina |
| Número de Gaceta | 1518 |
| Número de registro | 43-IP-2007 |
| Fecha de publicación | 12 Julio 2007 |
| Sección | Procesos |
| Año | 2007 |
| Emisor | Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina |
-
Interpretación prejudicial de los artículos 81 y 82 literal a) de la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena solicitada por el Consejo de Estado de la República de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera.
Interpretación, de oficio, del artículo 83 literal a) de la misma Decisión y de la Disposición Transitoria Primera de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Actor: WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
Marca: “VIP COMPANY” (mixta).
Expediente Interno N° 2003-0136.
EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA, En San Francisco de Quito, a los once días del mes de abril del año dos mil siete.
En la solicitud sobre interpretación prejudicial formulada por el Consejo de Estado de la República de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, por intermedio de su Consejero, doctor Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.
VISTOS:
Que de la solicitud de interpretación prejudicial y de sus anexos se desprende que los requisitos exigidos por el artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal y 125 de su Estatuto fueron cumplidos, por lo que su admisión a trámite fue considerada procedente por auto de 28 de marzo de 2007.
1. Antecedentes
El Tribunal, con fundamento en la documentación allegada estima procedente destacar, como antecedentes del proceso interno que dio lugar a la presente solicitud, lo siguiente:
-
Las partes
La parte demandante es: WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
La parte demandada la constituye: la Nación Colombiana – Superintendencia de Industria y Comercio.
El tercero interesado es: VIP COMPANY LTDA.
-
Acto demandado
WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V. plantea que se declare la nulidad de la siguiente resolución administrativa:
-
Nº 32349, de 7 de octubre de 2002, expedida por el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, que resolvió: Revocar la decisión contenida en la resolución 8737 de 2000, declarar infundada la observación presentada por la sociedad Arrendadora de Restaurantes S.A.; y conceder el registro del signo “VIP COMPANY” (mixto), solicitado por VIP COMPANY LTDA. para distinguir servicios comprendidos en la Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza.
Solicita, adicionalmente, que como consecuencia de lo anterior, se ordene a la División de Signos Distintivos de la Superintendecia de Industria y Comercio de Colombia cancelar el respectivo certificado de registro.
-
Hechos relevantes
Del expediente remitido por el Consejo de Estado de la República de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, han podido ser destacados los siguientes aspectos:
-
Los hechos
Entre los principales hechos considerados relevantes en esta causa se encuentran los siguientes:
- El 24 de septiembre de 1999, la sociedad VIP COMPANY LTDA. solicitó el registro del signo “VIP COMPANY” (mixto), para amparar servicios de “organización de expositores, consultas profesionales, manejo logístico de eventos, estudios de proyectos y selección de personal”, comprendidos en la clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza.
-
El extracto de dicha solicitud de registro fue publicado en la Gaceta de la Propiedad Industrial Nº 485, de 26 de octubre de 1999.
-
La sociedad ARRENDADORA DE RESTAURANTES, S.A. DE C.V. (hoy WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V.) presentó observación al registro solicitado, con base en la marca VIPS (mixta), certificado No. 164.160 que ampara servicios de la clase 42 “servicios de restaurante, cafeterías con comida internacional, venta de cerveza y vinos de mesa, exclusivamente con alimentos y demás servicios relacionados. Tienda de autoservicio con servicios de farmacia, venta de golosinas o granel, venta de accesorios para dama y caballero, decoración, juguetes, libros y revistas, prensa, papelería y perfumería de autoservicio nacional e importada, música, video-casettes, tabaquería y cigarrillos”.
-
La marca VIPS (mixta), certificado No, 164.160, en clase 42, a favor de ARRENDADORA DE RESTAURANTES, S.A. DE C.V. fue traspasada inicialmente a la sociedad ARDNAS S.A. DE C.V., que luego cambió su nombre ARDNAS, S. DE R.L. DE C.V., que, a su vez, se fusionó con la sociedad WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
-
La marca VIPS (mixta), certificado No, 169.099, que ampara “todos los servicios de la clase 35”, a favor de ARRENDADORA DE RESTAURANTES, S.A. DE C.V. fue traspasada inicialmente a la sociedad ARDNAS S.A. DE C.V., que luego cambió su nombre ARDNAS, S. DE R.L. DE C.V., que, a su vez, se fusionó con la sociedad WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
-
El 28 de abril de 2000, la Jefe de la División de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia emitió la Resolución Nº 08737, mediante la cual se resolvió: “Declarar fundada la observación formulada por ARRENDADORA DE RESTAURANTES S.A. DE C.V. y negar el registro de la marca VIP COMPANY (mixta), solicitada por la sociedad VIP COMPANY LIMITADA para distinguir servicios comprendidos en la clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza.
-
Contra la resolución emitida VIP COMPANY LTDA. interpuso los recursos de reposición y de apelación, respectivamente.
-
El 28 de julio de 2000, la Jefe de la División de Signos Distintivos de la mencionada Superintendencia expidió la Resolución Nº 16830, mediante la cual al resolver el recurso de reposición decidió confirmar la Resolución Nº 08737 y conceder el recurso de apelación interpuesto.
-
El 7 de octubre de 2002, el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la misma Superintendencia de Industria y Comercio decidió el recurso de apelación interpuesto y expidió la Resolución Nº 32349, resolviendo: Revocar la decisión contenida en la Resolución 8737 de 2000, declarar infundada la observación presentada por la sociedad Arrendadora de Restaurantes S.A.; y conceder el registro del signo “VIP COMPANY” (mixto), solicitado por VIP COMPANY LTDA. para distinguir servicios comprendidos en la Clase 42 de la Clasificación Internacional de Niza.
-
Fundamentos de derecho contenidos en la Demanda
La sociedad WAL-MART DE MÉXICO, S.A. DE C.V., a través de Apoderado, presenta demanda de nulidad manifestando que:
En cuanto a la norma aplicable al presente caso, indica que “para juzgar la legalidad del acto impugnado la norma aplicable es la vigente al momento de resolver los recursos. En el presente caso, la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (sic)”, que “(…) la legislación anterior es aplicable cuando los principios generales de ésta hayan pasado a formar parte del derecho vigente (…) atendiendo a la continuidad en el principio que orienta la causal de irregistrabilidad establecida en el literal a) del Artículo 83 de la Decisión 344 (…), que a su vez fue incorporada en el literal c) del...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.