PROCESO 161-IP-2022
Fecha de publicación | 24 Enero 2024 |
Número de Gaceta | 5411 |
Sección | Procesos |
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA
PROCESO 161-IP-2022
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, reunido en San Francisco de
Quito, en sesión judicial celebrada por medios telemáticos
1
el 23 de enero de
2024, adopta por unanimidad/mayoría el presente auto.
VISTOS:
El Oficio TSJ-SCCASAII-0199/2022 del 7 de abril de 2022 recibido físicamente
el 18 del mismo mes y año, mediante el cual la Sala Contenciosa y Contenciosa
Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia
del Estado Plurinacional de Bolivia solicitó la interpretación prejudicial de los
artículos 11, 13 y 18 de la Decisión 571 ─ «Valor en Aduana de las Mercancías
Importadas» emitida por la Comisión de la Comunidad Andina (en adelante, la
Decisión 571), y del literal c) del primer párrafo del artículo 53 de la Resolución
1684 de la Secretaría General de la Comunidad Andina – «Actualización del
Reglamento Comunitario de la Decisión 571» (en adelante, la Actualización del
Reglamento Comunitario de la Decisión 571), a fin de resolver el proceso
interno 092019.
Las sentencias de interpretación prejudicial emitidas en los procesos 145-IP-
2022, 261-IP-2022, 350-IP-2022
2
y 391-IP-2022
3
, todas de fecha 13 de marzo
de 2023, a través de las cuales el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
(en lo sucesivo, el Tribunal o el TJCA) reconoció que «el criterio jurídico
interpretativo del acto aclarado es plenamente compatible con lo establecido en
el segundo párrafo del artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de
Justicia de la Comunidad Andina y en el artículo 123 de su Estatuto».
CONSIDERANDO:
Que el mecanismo de interpretación prejudicial tiene por objeto garantizar la
aplicación uniforme y coherente de las normas que conforman el ordenamiento
jurídico comunitario andino, por parte de los jueces nacionales
4
que deben
resolver una controversia en la que tengan que aplicar o se discuta una o más
normas del mencionado ordenamiento;
1
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento Interno del Tribunal de Justicia
de la Comunidad Andina.
2
Publicadas en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5146 del 13 de marzo de 2023. Disponible
en: https://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/GACETA%205146.pdf
3
Publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 5147 del 13 de marzo de 2023. Disponible
en: https://www.comunidadandina.org/DocOficialesFiles/Gacetas/GACETA%205147.pdf
4
Según la definición de juez nacional establecida en la jurisprudencia del TJCA.
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