PROCESO 02-AN-2020
Jurisdicción | Comunidad Andina |
Número de Gaceta | 5056 |
Número de registro | 02-AN-2020 |
Año | 2022 |
Sección | Procesos |
Fecha de publicación | 18 Octubre 2022 |
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TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA
PROCESO 02-AN-2020
Acción de Nulidad formulada por la República del Ecuador
contra la Resolución 2019 emitida por la Secretaría General de
la Comunidad Andina el 14 de agosto de 2018
Magistrado sustanciador: Hernán Rodrigo Romero Zambrano
En San Francisco de Quito, a los 14 días del mes de octubre de 2022, en el marco
de la Acción de Nulidad formulada por la República del Ecuador (en lo sucesivo,
Ecuador o el demandante) en contra de la Resolución 2019
1
de la Secretaría
General de la Comunidad Andina (en lo sucesivo, la SGCA) —la cual declaró que
la medida establecida por el Gobierno de Colombia, consistente en permitir el
ingreso de cemento gris importado a su territorio nacional
2
únicamente por
determinadas aduanas,
3
no constituye una restricción al comercio
intrasubregional— por la supuesta contravención de los Artículos 1, 2, 72 y 73 del
Acuerdo de Integración Subregional Andino (en adelante, el Acuerdo de
Cartagena)
4
, 5, 7 (Literal c), 12, 31, 52 y 54 de la Decisión 425 de la Comisión de
la Comunidad Andina (en adelante, la Decisión 425)
5
y 6 de la Decisión 326 de la
Comisión del Acuerdo de Cartagena
6
; el Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina (en lo sucesivo, el Tribunal o el TJCA), de conformidad con lo dispuesto en
1
De fecha 14 de agosto de 2018 y publicada en la misma fecha en la Gaceta Oficial del Acuerdo
de Cartagena 3357.
2
Clasificado en la subpartida NANDINA «2523.29.00-Los demás».
3
En aplicación de lo establecido en el Decreto 2272 de 1991, la Resolución 001-2015 del
Consejo Nacional de Estupefacientes y la Circular 037 de 2016 de la Dirección de Comercio
Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la Rep ública de Colombia.
4
Acuerdo de Cartagena, codificado por la Decisión 563 de la Comisión de la Comunidad
Andina, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 940 del 1 de julio de 2003.
5
Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General de la Comunidad
Andina, aprobado por Decisión 425 el 14 de diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial
del Acuerdo de Cartagena 314 del 18 de diciembre de 1997.
6
Valoración Aduanera, aprobada por Decisión 326 de 22 de octubre de 1992, publicada en la
Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 117 del 30 de octubre de 1992.
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los Artículos 17 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad
Andina
7
(en lo sucesivo, el Tratado de Creación del TJCA) 39, 101 y 102 de su
Estatuto
8
(en lo sucesivo, el Estatuto del TJCA), reunido en Sesión Judicial
celebrada por medios telemáticos
9
, adopta por unanimidad la presente Sentencia.
VISTO:
El escrito recibido el 21 de enero de 2020, por medio del cual Ecuador presentó
escrito de demanda en Acción de Nulidad contra la Resolución N° 2019 emitida por
la SGCA el 14 de agosto de 2018.
El escrito de fecha 23 de octubre de 2020, a través del cual la República de
Colombia (en adelante, Colombia) presentó contestación de la demanda en calidad
de coadyuvante de la SGCA.
El escrito de fecha 27 de octubre de 2020, por medio del cual la SGCA presentó
contestación de la demanda.
El escrito de fecha 12 de julio de 2022, mediante el cual la SGCA presentó
allanamiento a la demanda en Acción de Nulidad.
El escrito presentado por Ecuador el 25 de julio de 2022, mediante el cual se
pronunció sobre el allanamiento presentado por la SGCA.
El escrito presentado por Colombia el 25 de julio de 2022, por medio del cual se
pronunció respecto del referido allanamiento.
CONSIDERANDO:
Que, el TJCA es competente para conocer de la presente controversia en virtud de
lo previsto en el Artículo 17 de su Tratado de Creación, en concordancia con las
normas del Capítulo I del Título Tercero de su Estatuto, mediante las cuales se
regula lo pertinente a la Acción de Nulidad en contra de la Resoluciones de la
SGCA.
Que, se han observado las formalidades inherentes a la Acción de Nulidad, sin que
exista irregularidad procesal alguna que invalide lo actuado.
7
Tratado de Creación de la Comunidad Andina, codificado por la Decisión 472 de la Comisión
de la Comunidad Andina, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 483 del
17 de septiembre de 1999.
8
Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, aprobado por la Decisión 500 del
Consejo Andino d e Ministros de Relaciones Exteriores, publicado en la Gaceta Oficial del
Acuerdo de Cartagena 680 del 28 de junio de 2001.
9
De conformidad c on lo establecido en el Artículo 17 del Reglamento Interno del Tribunal de
Justicia de la Comunidad Andina, aprobado mediante Acuerdo 01/2020, publicado en la
Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena 4011 del 30 de j unio de 2020.
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