DECISION 564: Autorización para modificar tempo­ralmente el Arancel Externo Común del algodón sin cardar ni peinar, de la subpartida NANDINA 5201.00.00

EmisorComisión de la Comunidad Andina

Decisión 564

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los Artículos 84, 85 y 86 del Acuerdo de Cartagena, y la Decisión 370 de la Comisión; y,

CONSIDERANDO: Que se han presentado numerosas solicitudes de diferimiento del Arancel Externo Común del algodón sin cardar ni peinar, clasificado en la subpartida NANDINA 5201.00.00 cuya relación es la siguiente:

Colombia:

Resolución 423 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, del 10 de agosto de 1996, autorizó a Colombia el diferimiento del AEC al 5% para importar 17 930 toneladas hasta el 31 de diciembre del mismo año.

Resolución 497 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, del 21 de julio de 1997, autorizó a Colombia el diferimiento del AEC del mismo producto al 5% para importar 36 000 toneladas durante el segundo semestre de 1997.

Resolución 007 de la Secretaría General, con fecha 1 de setiembre de 1997, autorizó a Colombia el diferimiento al 0% por emergencia nacional.

Resolución 055 de la Secretaría General, con fecha 6 de febrero de 1998, denegó solicitud de Colombia para el diferimiento por insuficiencia transitoria de oferta.

Resolución 068 de la Secretaría General, con fecha 31 de marzo de 1998, denegó la reconsideración presentada por Colombia y confirmó la Resolución 055 en todas sus partes.

Resolución 071 de la Secretaría General, con fecha 8 de abril de 1998, autorizó a Colombia

Decisión 443 del 26 de julio de 1998, autoriza el diferimiento de AEC del algodón hasta 5% para Colombia y Venezuela y hasta 0% a Ecuador, con vigencia hasta el 31 de marzo de 1999.

Ecuador:

Resolución 022 de la Secretaría General, con fecha 12 de noviembre de 1997 autorizó a Ecuador el diferimiento al 0%, para importar 7 000 toneladas por emergencia nacional

Resolución 048 del 27 de enero de 1998, declaró infundada una solicitud del Gobierno del Ecuador en el sentido de ampliar el cupo de la Resolución 022.

Resolución 062 del 3 de marzo de 1998, autoriza prorrogar al Gobierno de Ecuador por tres meses la Resolución 022, hasta completar el cupo establecido por esta última.

Decisión 443 del 26 de julio de 1998, autoriza el diferimiento de AEC del algodón hasta 5% para Colombia y Venezuela y hasta 0% a Ecuador, con vigencia hasta el 31 de marzo de 1999.

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