Resolución 383 JUNAC Solicitud del Gobierno de Venezuela para la Reconsideración de la Resolución 381

RESOLUCION 383 Solicitud del Gobierno de Venezuela para la Reconsideración de la Resolución 381

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El artículo 13 de la Decisión 9 y la Resolución 381 de la Junta del Acuerdo de Cartagena;

CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de setiembre de 1995 la Junta del Acuerdo de Cartagena expidió la Resolución 381, mediante la cual se autoriza al Gobierno de Venezuela la reducción transitoria del Arancel Externo Común para importar hasta el 30 de noviembre de 1995 productos pertenecientes a las subpartidas 7207.12.00, 7208.23.00 y 7208.24.00;

Que la autorización conferida mediante la Resolución mencionada establece que la reducción del Arancel Externo Común será hasta un nivel del 5%;

Que con fecha 2 de octubre de 1995 el Gobierno de Venezuela solicitó reconsideración de la Resolución 381 a fin de que se autorice la suspensión del Arancel Externo Común, tal como fue planteada originalmente, por cuanto el diferimiento hasta el 5% no permitiría solucionar las dificultades y costos que dieron origen a su solicitud, ante la absoluta imposibilidad de producción de los bienes citados;

Que el 10 de octubre de 1995 la Junta admitió a trámite la reconsideración formulada por el Gobierno de Venezuela con fecha 2 de octubre y dio traslado de la misma a los demás Países Miembros;

Que ningún País Miembro se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR