Resolución 399 JUNAC Solicitud del Gobierno de Colombia de prórroga de la Resolución 368

RESOLUCION 399

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El Artículo 67 del Acuerdo, las Decisiones 70 y 370 de la Comisión y la Resolución 368 de la Junta;

CONSIDERANDO: Que el 24 de abril de 1995 la Junta expidió la Resolución 368 autorizando al Gobierno de Colombia a diferir el Arancel Externo Común de Bienes de Capital destinados a un Proyecto de Reconversión Industrial de la empresa Industrias del Maíz S.A.;

Que el Gobierno de Colombia, mediante comunicación del 6 de febrero de 1996 del Ministerio de Comercio Exterior, indicó que la empresa INDUSTRIAS DEL MAIZ S.A. -MAIZENA- no alcanzó a utilizar completamente la autorización contenida en la Resolución 368 en el plazo previsto, para lo cual se solicita prorrogar su vigencia a fin de importar las máquinas pendientes que se relacionan a continuación:

NANDINA PRODUCTO CANTIDAD

8419.89.91 Evaporador de agua de cocimiento 1

8421.19.90 Centrífuga 1

8421.29.10 - Filtros precapa al vacío 2

Filtros pulidores 5

Que la Junta del Acuerdo de Cartagena, mediante comunicación J/DI/0101-96 del 8 de febrero de 1996, solicitó aclaraciones sobre la vinculación de este pedido con el diferimiento del arancel para la segunda etapa solicitada desde el 18 de diciembre de 1995, y reiteró la necesidad de conocer las importaciones realizadas al amparo de la Resolución 368;

Que mediante comunicación Nº STCAAA-002261 del 20 de marzo de 1996, el Gobierno de Colombia a través del Ministerio de Comercio Exterior absolvió las aclaraciones solicitadas por la Junta, envió la relación de importaciones realizadas por MAIZENA al amparo de la Resolución 368, y solicitó que la autorización de diferimiento del Arancel Externo Común cubra un período no inferior a seis meses;

Que del análisis de la información...

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