Resolución 322 JUNAC Inclusión de productos en la Nómina de Productos No Producidos para efectos de la aplicación del Artículo 65 del Acuerdo

RESOLUCION 322 Inclusión de productos en la Nómina de Productos No Producidos para efectos de la aplicación del Artículo 65 del Acuerdo

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El Artículo 65 del Acuerdo y las Decisiones 70 y 83 de la Comisión;

CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 65 establece que, cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes, hasta el momento en que la Junta verifique que se ha iniciado su producción;

Que para los efectos de la aplicación de esta norma el Artículo 10 de la Decisión 70 estableció que la Comisión, a propuesta de la Junta, aprobaría una nómina de productos respecto de los cuales no existe producción en la Subregión;

Que la conformación de la referida nómina fue aprobada mediante la Decisión 83 de la Comisión;

Que el Gobierno de Perú mediante facsímil Nº 043 del 10 de febrero de 1992 solicitó incluir en la Nómina de Productos No Producidos la subpartida NANDINA 7304.49.00;

Que el Gobierno de Perú mediante facsímil Nº 087 del 11 de marzo de 1992 solicitó a la Junta incluir en la Nómina de No Producidos las subpartidas NANDINA 8445.11.00, 8445.12.00, 8445.13.00, 8445.19.10 y 8445.19.90;

Que el Gobierno de Perú mediante facsímil Nº 067 del 2 de mayo de 1992 así como el Gobierno de Venezuela mediante facsímil Nº 231/370 del 29 de mayo de 1991 solicitaron a la Junta incluir en la Nómina de No Producidos la subpartida NANDINA 5504.10.00;

Que el Gobierno de Venezuela mediante facsímil Nº 231/370 del 21 de mayo de 1991 solicitó información relativa a la existencia de producción de las subpartidas NANDINA 5507.00.00, 5301.10.00, 5301.21.00 y 5301.29.00;

Que el Gobierno de Venezuela mediante facsímil Nº 231/126 del 12 de noviembre de 1991 solicitó a la Junta incluir en la Nómina de No Producidos los "Filamentos y electrodos", incluidos en la subpartida NANDINA 8539.90.00;

Que el Gobierno de Venezuela con facsímil Nº 232/636 del 5 de diciembre de 1991 solicitó a la Junta incluir en...

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