Resolución 371 JUNAC Solicitud del Gobierno de Venezuela para el diferimiento del Arancel Externo Común de hoja cromada de la subpartida 7210.50.00 productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo

RESOLUCION 371 Solicitud del Gobierno de Venezuela para el diferimiento del Arancel Externo Común de hoja cromada de la subpartida 7210.50.00 productos laminados planos de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 mm, revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El Artículo 67 del Acuerdo y las Decisiones 70 y 370 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena;

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Venezuela, mediante comunicación del Instituto de Comercio Exterior Nº 2233/361 del 1º de junio de 1995, solicitó autorización para diferir a 5% el Arancel Externo Común del producto hoja cromada de la subpartida arancelaria 7210.50.00 por una cantidad de 15000 toneladas por un período de cinco meses;

Que en la comunicación citada en el párrafo anterior, el Gobierno de Venezuela fundamenta su solicitud en el hecho que la empresa C.V.G. Siderúrgica del Orinoco "SIDOR", proveedor del producto de la referencia, ha realizado una parada en la Línea Estañado 1 durante cinco meses, no pudiendo satisfacer las necesidades del sector consumidor;

Que la Junta, de conformidad con el procedimiento establecido en la Decisión 70, realizó las consultas sobre disponibilidad de oferta subregional del producto a que se refiere la solicitud formulada por el Gobierno de Venezuela; mediante comunicaciones números J/DI/648-95, J/DI/649-95, J/DI/650-95 y J/DI/651-95, todas fechadas el 5 de junio de 1995, a los gobiernos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, respectivamente;

Que se consultó la Base de Datos de Producciones Subregionales de la Junta, sin hallar registro alguno de producción de la...

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