Decisión Nº 880 de Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorComunidad Andina
Fecha de publicación23 Junio 2021
Número de registro880
Número de decisión880
Año2021
Número de Gaceta4262
SecciónDecisiones
Para nosotros la Patria es América
SUMARIO
SECRETARÍA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA
Pág.
DECISIÓN N° 880 Norma para realizar Análisis de Riesgo Comunitario
de enfermedades de los animales terrestres y
acuáticos, no reportadas en la Subregión o de
importancia sanitaria para los Países Miembros ................ 1
DECISIÓN N° 880
Norma para realizar Análisis de Riesgo Comunitario de enfermedades de los
animales terrestres y acuáticos, no reportadas en la Subregión o de importancia
sanitaria para los Países Miembros
LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Artículo 88 literal f) del Acuerdo de Cartagena, la Decisión 515 que aprueba
el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria y la Propuesta 376; y,
CONSIDERANDO: Que, es necesario actualizar los procedimientos para realizar Análisis
de Riesgo Comunitario (ARC) de enfermedades de los animales terrestres y acuáticos, no
reportadas en la Subregión o de importancia para los Países Miembros (PM);
Que, el Acuerdo sobre la aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la
Organización Mundial del Comercio (MSF/OMC), establece los principios que deben ser
implementados para el comercio internacional, entre los cuales la evaluación de riesgo es
una herramienta para sustentar las medidas sanitarias;
Que, el Acuerdo MSF/OMC designa a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE)
como la organización internacional de referencia para la elaboración y promoción de
normas, directrices y recomendaciones internacionales aplicables al comercio de animales
vivos y sus productos, por lo que, los Análisis de Riesgo deberán ser elaborados con base
en las directrices para el Análisis del Riesgo de la OIE y otros Organismos Internacionales
de Referencia.
Que, el Comité Técnico Andino de Sanidad Agropecuaria (COTASA) - Grupo de Sanidad
Animal, en su CCXXXVI Reunión del 2 de abril 2020, incluyó en su Plan de Trabajo la
actualización de la Decisión Andina 686, norma comunitaria para realizar el Análisis de
Riesgo Comunitario de enfermedades de los animales, consideradas exóticas y de
importancia para la Subregión Andina, con el fin de hacer más eficiente su aplicación, de
manera que contribuya a facilitar el comercio, pero que disponga las medidas sanitarias
más apropiadas para proteger el estatus sanitario de los Países Miembros de la Subregión.
Año XXXVIII Número 4262
Lima, 23 de junio de 2021
GACETA OFICIAL 23/06/2021 2 de 17
Que el Grupo de Especialistas de los Servicios Oficiales de Sanidad de los Animales
Acuáticos SOSAA de los PM, en su reunión XXXIV realizada el 14 de diciembre de 2020,
acordó sumarse a la iniciativa del Grupo de Especialistas en Sanidad Animal del COTASA,
para la redacción de una norma actualizada de Análisis de Riesgo Comunitario ARC para
de enfermedades no reportadas en la Subregión Andina, que incluyera a los animales
acuáticos.
Que los PM reconocieron la importancia y pertinencia de disponer una norma actualizada
de Análisis de Riesgo Comunitario ARC, con el objeto de contribuir al comercio de animales
terrestres y acuáticos y sus productos, en condiciones seguras, que permitan mantener el
estatus sanitario.
Que, el COTASA, con la participación de los Especialistas de los Servicios Oficiales de
Sanidad de los Animales terrestres y los Especialistas los Servicio Oficiales de Sanidad de
los Animales Acuáticos SOSAA de los PM, en su reunión CCLVIII, llevada a cabo el 7 de
mayo de 2021, revisaron y acordaron la versión final del texto del proyecto Norma para
realizar Análisis Riesgo Comunitario de enfermedades de los animales terrestres y
acuáticos, no reportadas en la Subregión o de importancia sanitaria para los Países
Miembros”, el cual sustituye la Decisión Andina 686 “Norma para la realización de Análisis
de Riesgo Comunitario para las enfermedades de los animales, exóticas a la Subregión
Andina de importancia para los PM”, y recomendaron a la Secretaría General adelantar las
acciones para su adopción mediante Decisión;
DECIDE:
Artículo 1.- Adoptar el procedimiento establecido en el Anexo I de la presente Decisión,
para realizar el Análisis de Riesgo Comunitario (ARC), para la importación de animales y
sus productos procedentes de terceros países en que se han detectado enfermedades de
los animales, no reportadas en la Subregión o de importancia para los Países Miembros
(PM), cuando no se hayan importado anteriormente o cuando haya variado la situación
sanitaria del país exportador (PE), a fin de evaluar el riesgo de introducción de estas
enfermedades a la Subregión.
Artículo 2.- Adoptar el modelo para realizar los estudios de ARC, que se presenta en el
Anexo II de esta Decisión.
Artículo 3.- Adoptar la lista de enfermedades de los animales terrestres y acuáticos no
reportadas en la Subregión Andina o de importancia sanitaria para los PM, que se
encuentra en el Anexo III de la presente Decisión.
En el caso de detectarse enfermedades emergentes serán incluidas en el ARC, sin
necesidad de que se encuentren listadas en el Anexo III.
Artículo 4.- La presente Decisión será aplicable a los procedimientos de ARC en curso, a
partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.
Artículo 5.- La presente norma deroga la Decisión 686.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil
veintiuno.

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