Decisión Nº 409 de Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorComunidad Andina
Fecha de publicación04 Julio 1997
Número de registro409
Número de decisión409
Año1997
Número de Gaceta273
SecciónDecisiones

- 11 -

Primera Reunión del Consejo Andino

de Ministros de Relaciones Exteriores

de la Comunidad Andina en Reunión Ampliada

25 de junio de 1997

Quito - Ecuador




DECISION 409



Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina



EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,


VISTO: El literal j) del Artículo 16 del Acuerdo de Cartagena; y,


CONSIDERANDO: La Propuesta presentada por la Comisión de la Comunidad Andina;



DECIDE:


Aprobar el siguiente:


REGLAMENTO DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA


CAPITULO I


DE SU NATURALEZA COMPOSICION, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES


Artículo 1.- La Secretaría General es el órgano ejecutivo de la Comunidad Andina encargado, dentro del ámbito de sus competencias, de administrar el proceso de la integración subregional andina, de resolver los asuntos sometidos a su consideración, de velar por el cumplimiento de los compromisos comunitarios y con capacidad para presentar iniciativas y propuestas de Decisión. La Secretaría General actuará únicamente en función de los intereses de la Subregión.


Artículo 2.- La Secretaría General está a cargo de un Secretario General. Para el cumplimiento de sus funciones contará con el apoyo de los Directores Generales y del personal técnico y administrativo que sea necesario.


Artículo 3.- Corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina:


a) Velar por la aplicación de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina;


b) Formular Propuestas de Decisión al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la Comisión y presentar iniciativas y sugerencias a la Reunión Ampliada del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores;


c) Prestar apoyo técnico a los demás órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración y efectuar los estudios técnicos y las coordinaciones que éstos le encomienden para el buen desarrollo de la integración y que a su juicio sean pertinentes;


d) Evaluar e informar anualmente al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la Comisión sobre los resultados de la aplicación del Acuerdo de Cartagena y el logro de sus objetivos, prestando especial atención al cumplimiento del principio de distribución equitativa de los beneficios de la integración, y proponer las medidas correctivas pertinentes;


e) Elaborar su programa anual de labores, en concordancia con el Proyecto de Presupuesto;


f) Administrar y aplicar los tratamientos especiales en favor de Bolivia y Ecuador, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina;


g) Administrar la aplicación del Arancel Externo Común;


h) Mantener vínculos permanentes de trabajo con los Países Miembros, coordinando con el organismo nacional de integración que cada país señale para tal efecto;


i) Promover reuniones periódicas de los organismos nacionales encargados de la formulación o ejecución de la política económica y de los que tengan a su cargo la planificación;


j) Mantener relaciones y vínculos de trabajo con los órganos ejecutivos de las demás organizaciones regionales de integración y cooperación, así como con organismos internacionales u otras entidades;


k) Dar apoyo técnico a la Secretaría Pro-Témpore del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; y actuar como Secretaría de las reuniones que en forma ampliada realice este último, al igual que de las de la Comisión, de sus respectivas reuniones ampliadas, de los Consejos, Instituciones Consultivas, Comités y de la Reunión de Representantes de las instituciones que conforman el Sistema Andino de Integración, llevando las actas de dichas reuniones;


l) Participar con derecho a voz en las sesiones del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, de la Comisión, y de sus respectivas reuniones ampliadas, salvo las de carácter privado, y asistir a todas las reuniones de estos órganos donde se discutan y adopten Decisiones;


m) Mantener y administrar el patrimonio y acervo documental de la Comunidad Andina, siendo depositaria de las actas de las reuniones y demás documentos de los órganos del Sistema Andino de Integración;


n) Editar la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena;


o) Atender los encargos del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y de la Comisión; y,


p) Ejercer las demás atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, así como aquellas que le encomienden o confieran los órganos decisorios del Acuerdo.


Artículo 4.- En la elaboración de Propuestas, la Secretaría General podrá considerar la opinión y sugerencias de autoridades, expertos gubernamentales y no gubernamentales, comités, consejos consultivos y demás agentes involucrados, así como de consultores y asesores.


Las reuniones que se convoquen con este carácter, serán dirigidas y coordinadas por el funcionario de la Secretaría General a quien se le atribuya dicha labor, en calidad de representante de ésta. Las convocatorias a reuniones cursadas a entidades gubernamentales o del sector privado serán notificadas previamente a los organismos nacionales de integración.


Sección A: Del Secretario General


Artículo 5.- El Secretario General es elegido por consenso por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en Reunión Ampliada con los representantes ante la Comisión, por un período de cinco años, pudiendo ser reelegido por una sola vez.


A los efectos del presente artículo, habrá consenso cuando concurra la voluntad de todos los miembros ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliadao no exista manifestación expresa en contrario.


Artículo 6.- La elección del Secretario General se formalizará mediante Decisión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en Reunión Ampliada.


Artículo 7.- El Secretario General fijará su residencia en la ciudad sede de la Secretaría General yasumirá sus funciones dentro de los treinta días calendario siguientes a la fecha de su nombramiento o en el plazo que expresamente se establezca en la Decisión a que se refiere el artículo anterior.


El Secretario General comunicará por escritoal Presidente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y al Presidente de la Comisión, el inicio de sus actividades en el cargo.


Artículo 8.- El Secretario General actuará únicamente en función de los intereses de la Comunidad Andina.


Artículo 9.- En el desempeño de sus funciones, responsabilidades y atribuciones, el Secretario General se regirá por lo dispuesto en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina, siéndole de aplicación las incompatibilidades previstas en los artículos 26, 27, 28 y 29 del presente Reglamento.


Artículo 10.- El Secretario General no podrá desempeñar ninguna otra actividad profesional, remunerada o no.


Artículo 11.- Corresponde al Secretario General de la Comunidad Andina:


a) Velar por la aplicación de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina y determinar, de oficio o a petición de parte, los casos en los que exista incumplimiento de dicho ordenamiento;


b) Expedir las Resoluciones, Propuestas, Laudos Arbitrales y demás actos de la Secretaría General;


c) Aprobar, mediante Resolución, el Reglamento Interno de la Secretaría General, previa opinión favorable de la Comisión;


d) Determinar, de oficio o a petición de parte, si una medida adoptada por cualquier País Miembro constituye gravamen o restricción;


e) Ejercer la representación jurídica de la Secretaría General;


f) Elaborar iniciativas y sugerencias sobre reglamentos y normas. Asimismo, proponer la modificación de normas existentes que regulen las competencias comunitarias y sobre todas las demás medidas que juzgue necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo;


g) Presentar a la Comisión iniciativas relativas al presente Reglamento;


h) Presentar al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Reunión Ampliada, iniciativas relativas al Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General;


i) Disponer mediante Resolución la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General, previa opinión favorable de la Comisión;


j) Designar, previa consulta con los Países Miembros,dirigir y remover, cuando corresponda, a los Directores Generales;


k) Designar expertos especiales, conforme a lo previsto en el presente Reglamento, y en las normas especiales que se dicten;


l) Contratar,dirigir y...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex