Decisión Nº 408 de Comunidad Andina

JurisdicciónComunidad Andina
EmisorComunidad Andina
Fecha de publicación04 Julio 1997
Número de registro408
Número de decisión408
Año1997
Número de Gaceta273
SecciónDecisiones
Año XIII - Número 273
Lima, 4 de julio de 1997
Para nosotros la Patria es América
LA COMISION DE LA COMUNIDAD AN-
DINA,
VISTOS: El segundo acápite del Protocolo
Modificatorio del Acuerdo de Integración Subre-
gional Andino, adoptado en Trujillo, y la Pro-
puesta 307 de la Junta;
CONSIDERANDO: Que el Protocolo de Tru-
jillo entró en vigencia el 3 de junio de 1997.
Que es necesario y conveniente disponer de
una nueva codificación del Acuerdo de Carta-
gena, a fin de facilitar el conocimiento, difusión
y aplicación de las normas fundamentales por
las que se rige el proceso de la integración
subregional andina;
DECIDE:
Artículo 1.- Aprobar la codificación del Acuer-
do de Cartagena en los términos que figuran en
el Anexo de esta Decisión.
Artículo 2.- La presente Decisión sustituye a
la Decisión 236 del 15 de julio de 1988.
Dada en la ciudad de Quito, Ecuador, a los
veinticinco días del mes de junio de mil nove-
cientos noventa y siete.
SUMARIO
Comisión de la Comunidad Andina Pág.
Decisión 406.- Codificación del Acuerdo de Integración Subregional Andino (Acuerdo de Carta-
gena) ............................................................................................................................
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
Declaración 01.- Reconocimiento a la Junta del Acuerdo de Cartagena ...........................................
Decisión 407.- Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores.................
Decisión 408.- Elección del Secretario General de la Comunidad Andina .......................................
Decisión 409.- Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina ..............................
34
39
33
1
DECISION 406
Codificación del Acuerdo de Integración Subregional Andino
(Acuerdo de Cartagena)
39
del Acuerdo
de Cartagena
GACETA OFICIAL
GACETA OFICIAL 04/07/97 2.48
ANEXO
ACUERDO DE INTEGRACION SUBREGIONAL ANDINO
(ACUERDO DE CARTAGENA)
LOS GOBIERNOS de Bolivia, Colombia, el
Ecuador, el Perú y Venezuela,
INSPIRADOS en la Declaración de Bogotá y
en la Declaración de los Presidentes de Amé-
rica;
RESUELTOS a fortalecer la unión de sus
pueblos y sentar las bases para avanzar hacia
la formación de una comunidad subregional
andina;
CONSCIENTES que la integración consti-
tuye un mandato histórico, político, económico,
social y cultural de sus países a fin de preservar
su soberanía e independencia;
FUNDADOS en los principios de igualdad,
justicia, paz, solidaridad y democracia;
DECIDIDOS a alcanzar tales fines mediante
la conformación de un sistema de integración y
cooperación que propenda al desarrollo econó-
mico, equilibrado, armónico y compartido de sus
países;
CONVIENEN, por medio de sus represen-
tantes plenipotenciarios debidamente autoriza-
dos, celebrar el siguiente ACUERDO DE INTE-
GRACION SUBREGIONAL:
CAPITULO I
OBJETIVOS Y MECANISMOS
Artículo 1.- El presente Acuerdo tiene por
objetivos promover el desarrollo equilibrado y
armónico de los Países Miembros en condi-
ciones de equidad, mediante la integración y la
cooperación económica y social; acelerar su
crecimiento y la generación de ocupación; faci-
litar su participación en el proceso de integra-
ción regional, con miras a la formación gradual
de un mercado común latinoamericano.
Asimismo, son objetivos de este Acuerdo
propender a disminuir la vulnerabilidad externa
y mejorar la posición de los Países Miembros en
el contexto económico internacional; fortalecer
la solidaridad subregional y reducir las diferen-
cias de desarrollo existentes entre los Países
Miembros.
Estos objetivos tienen la finalidad de procurar
un mejoramiento persistente en el nivel de vida
de los habitantes de la Subregión.
Artículo 2.- El desarrollo equilibrado y armó-
nico debe conducir a una distribución equitativa
de los beneficios derivados de la integración
entre los Países Miembros de modo de reducir
las diferencias existentes entre ellos. Los resul-
tados de dicho proceso deberán evaluarse
periódicamente tomando en cuenta, entre otros
factores, sus efectos sobre la expansión de las
exportaciones globales de cada país, el com-
portamiento de su balanza comercial con la
Subregión, la evolución de su producto territorial
bruto, la generación de nuevos empleos y la
formación de capital.
Artículo 3.- Para alcanzar los objetivos del
presente Acuerdo se emplearán, entre otros, los
mecanismos y medidas siguientes:
a) La armonización gradual de políticas eco-
nómicas y sociales y la aproximación de las
legislaciones nacionales en las materias
pertinentes;
b) La programación conjunta, la intensificación
del proceso de industrialización subregional
y la ejecución de programas industriales y de
otras modalidades de integración industrial;
c) Un Programa de Liberación del intercambio
comercial más avanzado que los compro-
misos derivados del Tratado de Montevideo
1980;
d) Un Arancel Externo Común, cuya etapa pre-
via será la adopción de un Arancel Externo
Mínimo Común;
e) Programas para acelerar el desarrollo de los
sectores agropecuario y agroindustrial;
f) La canalización de recursos internos y ex-
ternos a la Subregión para proveer el finan-
GACETA OFICIAL 04/07/97 3.48
ciamiento de las inversiones que sean
necesarias en el proceso de integración;
g) La integración física; y
h) Tratamientos preferenciales a favor de Bo-
livia y el Ecuador.
Complementariamente a los mecanismos an-
tes enunciados, se adelantarán, en forma con-
certada, los siguientes programas y acciones de
cooperación económica y social:
a) Acciones externas en el campo económico,
en materias de interés común;
b) Programas orientados a impulsar el desa-
rrollo científico y tecnológico;
c) Acciones en el campo de la integración fron-
teriza;
d) Programas en el área del turismo;
e) Acciones para el aprovechamiento y con-
servación de los recursos naturales y del
medio ambiente;
f) Programas en el campo de los servicios;
g) Programas de desarrollo social; y
h) Acciones en el campo de la comunicación
social.
Artículo 4.- Para la mejor ejecución del pre-
sente Acuerdo, los Países Miembros realizarán
los esfuerzos necesarios para procurar solu-
ciones adecuadas que permitan resolver los
problemas derivados del enclaustramiento
geográfico de Bolivia.
CAPITULO II
DE LA COMUNIDAD ANDINA Y EL
SISTEMA ANDINO DE INTEGRACION
Artículo 5.- Se crea la “Comunidad Andina”,
integrada por los Estados soberanos de Bolivia,
Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, y por los
órganos e instituciones del Sistema Andino de
Integración, que se establece por el presente
Acuerdo.
Artículo 6.- El Sistema Andino de Integración
está conformado por los siguientes órganos e
instituciones :
- El Consejo Presidencial Andino;
- El Consejo Andino de Ministros de Relacio-
nes Exteriores;
- La Comisión de la Comunidad Andina;
- La Secretaría General de la Comunidad An-
dina;
- El Tribunal de Justicia de la Comunidad An-
dina;
- El Parlamento Andino;
- El Consejo Consultivo Empresarial;
- El Consejo Consultivo Laboral;
- La Corporación Andina de Fomento;
- El Fondo Latinoamericano de Reservas;
- El Convenio Simón Rodríguez, los Convenios
Sociales que se adscriban al Sistema Andino
de Integración y los demás que se creen en el
marco del mismo;
- La Universidad Andina Simón Bolívar;
- Los Consejos Consultivos que establezca la
Comisión; y,
- Los demás órganos e instituciones que se
creen en el marco de la integración subre-
gional andina.
Artículo 7.- El Sistema tiene como finalidad
permitir una coordinación efectiva de los ór-
ganos e instituciones que lo conforman, para
profundizar la integración subregional andina,
promover su proyección externa y consolidar y
robustecer las acciones relacionadas con el
proceso de integración.
Artículo 8.- Los órganos e instituciones del
Sistema Andino de Integración se rigen por el
presente Acuerdo, sus respectivos tratados
constitutivos y sus protocolos modificatorios.
Artículo 9.- Con el fin de lograr la mejor
coordinación del Sistema Andino de Integra-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR