DECISION 811

EmisorComisión de la Comunidad Andina

DECISION 811

Extensión de la suspensión temporal de la Decisión 536 dispuesta por la Decisión 789

LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los Artículos 3 i), 22 a) y b), 26, 27 y 54 c) del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 536, 757, 789 de la Comisión de la Comunidad Andina y 797 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada con la Comisión de la Comunidad Andina;

CONSIDERANDO: Que el literal i) del artículo 3 del Acuerdo de Cartagena identifica a la integración física como uno de los mecanismos para alcanzar los objetivos de la integración subregional andina;

Que la interconexión de los sistemas eléctricos de los Países Miembros y los intercambios comerciales intracomunitarios de electricidad, pueden generar importantes beneficios a los Países Miembros en términos económicos, sociales y ambientales y pueden conducir a la utilización óptima de sus recursos energéticos y a la seguridad y confiabilidad en el suministro eléctrico;

Que la Decisión 789, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 17 de junio de 2013 extendió la suspensión determinada por la Decisión 757 hasta el 31 de agosto de 2016;

Que en su reunión del 23 de agosto de 2016, los representantes de los organismos reguladores en electricidad del CANREL culminaron la elaboración del proyecto de Decisión denominado Marco Regulatorio para la interconexión subregional de sistemas eléctricos e intercambio comunitario de electricidad, a fin de que sea considerado por dicho Comité y elevado posteriormente luego de su...

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