DECISIÓN 808

EmisorComisión de la Comunidad Andina

DECISIÓN 808

Medidas Relativas a la Prevención, Vigilancia, Control y Erradicación de enfermedades de los animales acuáticos.

LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 3, 22 literal b), 30 literal c), 54 literal b) y 88 literal f) del Acuerdo de Cartagena, y la Propuesta 317 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que el artículo 88 literal f) del Acuerdo de Cartagena dispone que los países adoptarán normas y programas comunes de sanidad animal con el propósito de impulsar el desarrollo agropecuario y agroindustrial conjunto y alcanzar un mayor grado de seguridad alimentaria subregional:

Que la acuicultura es el sector de mayor crecimiento en la producción de alimentos de origen animal a escala mundial y hemisférica y su rápida expansión se ve amenazada por brotes de enfermedades que afectan estas especies;

Que desde el año 2009 se vienen registrando brotes del Síndrome de la Mortalidad Temprana/Enfermedad de la Necrosis Hepatopancreática Aguda (EMS/AHPND, por sus siglas en inglés) del camarón en China y el Sudeste Asiático;

Que la Comisión en su 112 Período de Sesiones Ordinarias acordó trabajar en un plan andino para evaluar acciones conjuntas respecto del EMS/AHPND del camarón de cultivo, con miras a prevenir que esta enfermedad llegue a los Países Miembros;

Que en las operaciones comerciales de animales acuáticos y sus productos dentro de la Subregión Andina y con terceros países, las medidas sanitarias que apliquen los Países Miembros deben ser consistentes con la normativa de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y la Comisión del Codex Alimentarius;

Que las Autoridades Competentes de los Servicios Oficiales de Sanidad de los Animales Acuáticos (SOSAA) revisaron y dieron su conformidad al Proyecto de Decisión para la adopción de “Medidas Relativas a la Prevención, Vigilancia, Control y Erradicación de Enfermedades de los Animales Acuáticos”, en su VI reunión realizada el 06 de noviembre del 2014.

Que la Secretaría General ha revisado y evaluado el indicado proyecto por lo que encontrándolo técnica y legalmente procedente y conveniente y necesario a los fines señalados por el Acuerdo de Cartagena ha estimado acoger el señalado proyecto y presentarlo para la consideración de la Comisión a título de propuesta de ese órgano de la integración

DECIDE

Artículo 1 Objeto

La presente Decisión tiene como objeto establecer un marco jurídico regional andino para la prevención, vigilancia, control y erradicación de enfermedades de los animales acuáticos; aprobar el Plan Andino de Contingencia contra el Síndrome de la Mortalidad Temprana/Enfermedad de la Necrosis Hepatopancreática Aguda (EMS/AHPND) del camarón de cultivo; y armonizar las medidas y legislaciones nacionales de los Países Miembros sobre la materia.

Artículo 2 Ámbito de Aplicación

Las disposiciones de la presente Decisión son aplicables a todas las especies y productos susceptibles de contraer o transmitir enfermedades de importancia para los animales acuáticos y a todo el territorio de los Países Miembros.

Artículo 3 Objetivos

La aplicación de la presente Decisión tendrá como objetivos:

  1. Prevenir o mitigar el riesgo de introducción y diseminación de las enfermedades de los animales acuáticos;

  2. Realizar planes andinos de vigilancia para la detección temprana de enfermedades de animales acuáticos de importancia para la región;

  3. Desarrollar programas para el control y erradicación de las principales enfermedades de los animales acuáticos;

  4. Alcanzar y mantener el estatus sanitario de país o zona libre de las enfermedades de importancia para la región;

  5. Fortalecer la cooperación y asistencia...

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