DECISIÓN 807

EmisorComisión de la Comunidad Andina

PERIODO CIENTO DIECISÉIS DE SESIONES ORDINARIAS

DE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA

11 DE MARZO DE 2016

LIMA - PERÚ

DECISIÓN 807

Modificación del literal l), Anexo 1 de la Decisión 371, sustituyendo el producto utilizado para el Precio de Referencia de la Franja de los Trozos de Pollo del Sistema Andino de Franjas de Precios

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTAS: Las Decisiones 370, 371, 375, 392, 433 y la 805 de la Comisión, y la Propuesta 318 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO:

Que en el año 1998, se emitió la Decisión 433 que modificó el literal l), Anexo 1 de la Decisión 371 sustituyendo el producto utilizado para el Precio de Referencia de la Franja de los Trozos de Pollo del Sistema Andino de Franjas de Precios; estableciendo que el Producto Marcador será cotizado para efectos de los precios de referencia según los Precios Diarios Trucklot para cuartos traseros a granel (leg quarters bulk) congelados cuyo Mercado para Precios de Referencia serán los Puertos del Golfo de México.

Que conforme a la Decisión 433, para el cálculo de la franja de precios en el caso de los Trozos de Pollo, se consideran los precios promedios simples de los reportes realizados por Urner Barry Publications Inc., correspondientes al mercado de los Puertos del Golfo de México; sin embargo la fuente mencionada publicó las cotizaciones correspondientes a leg Quarters (bulk) hasta el 30 de septiembre de 2014, siendo que a partir del 01 de octubre del mismo año desagregó dicho producto según los tamaños en Leg Quarters Small, Leg Quarters Medium y Leg Quarters Jumbo.

Que teniendo en consideración el cambio producido, a partir del 01 de octubre de 2014, la Secretaría General viene utilizado el último precio publicado por Urner Barry, es decir el correspondiente al 30 de septiembre del 2014, según lo dispuesto por la Decisión 371.

Que el Comité Andino...

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