DECISION 774

EmisorComisión de la Comunidad Andina

TRIGÉSIMA QUINTA REUNIÓN DEL CONSEJO ANDINO

DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES EN FORMA

AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES

ANTE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA

3 de mayo de 2012

Cartagena de Indias - Colombia

30 de julio de 2012

VIDEOCONFERENCIA

DECISION 774

Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: Los artículos 3, 17, 20 y 54 del Acuerdo de Cartagena, y las Decisiones 458, 501, 587 y 728; la Propuesta 296 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que para alcanzar los objetivos de desarrollo económico y social y el mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión, el Acuerdo de Cartagena prevé la armonización gradual de políticas económicas y sociales, la aproximación de las legislaciones nacionales, y acciones para el aprovechamiento y preservación de los recursos naturales y del medio ambiente;

Que la minería ilegal es un problema de carácter multidimensional que en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz, la seguridad, la gobernabilidad, la economía y la estabilidad de los Países Miembros, y atenta contra la aspiración de nuestras sociedades a alcanzar mayores niveles de desarrollo económico, social y ambiental sostenible;

Que la actividad minera ilegalmente desarrollada provoca graves daños, en muchos casos irreversibles, a la salud de la población, al medio ambiente y los recursos naturales, ocasionando, entre otros, la pérdida de la cobertura vegetal y el suelo fértil, la contaminación de recursos hídricos, la alteración de ecosistemas naturales y graves afectaciones a la biodiversidad; y

Que las Zonas de Integración Fronteriza de la Comunidad Andina están siendo especialmente afectadas ambiental y socialmente por las actividades de minería ilegal, en particular las cuencas hidrográficas compartidas,

DECIDE:

Aprobar la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal

Artículo 1 Principios

Las acciones y políticas comunitarias que se desarrollen al amparo de la presente Decisión se regirán por los siguientes principios:

Seguridad: La prevención, lucha y control de todos los actos que atenten contra la seguridad de los Países Miembros y de la subregión generados por la minería ilegal, dentro de una concepción democrática y no ofensiva de la seguridad externa y promoviendo las condiciones...

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