DECISIÓN 758

EmisorConsejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores

VIGESIMO TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES

22 de agosto de 2011

Lima - Perú

DECISIÓN 758

Mesa del Pueblo Afrodescendiente de la Comunidad Andina

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los Artículos 1 y 129 del Acuerdo de Cartagena y la Decisión 586 - Plan Andino para la Promoción y Divulgación de la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos; la Propuesta 254/Rev. 2 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que el Capítulo XVI del Acuerdo de Cartagena, sobre Cooperación Económica y Social, prevé que para lograr objetivos de desarrollo social de la población andina, incluidos la afirmación de la identidad cultural y de formación de valores ciudadanos para la integración del área andina, así como la participación plena del habitante de la subregión en el proceso de integración, se establecerán programas de armonización de políticas de atención a las etnias y a las comunidades locales;

Que los Presidentes de los Países Miembros de la Comunidad Andina, en la Declaración de Machu Picchu sobre la Democracia, los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Lucha contra la Pobreza de julio de 2001, reconocieron que la diversidad cultural y étnica es una fuente de gran riqueza y unión entre nuestras sociedades y expresaron su...

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