DECISION 519

EmisorComisión de la Comunidad Andina

DECISION 519

Programa Subregional Andino de Erradicación de la Fiebre Aftosa (Período 2002-2009)

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Artículo 100 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 255 y 515 de la Comisión y la Propuesta 64 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO:

Que la Fiebre Aftosa es una enfermedad que constituye la principal limitante de carácter zoosanitario en el comercio intrasubregional y con terceros países de animales y subproductos, siendo una permanente amenaza para la economía y bienestar de los ganaderos y pobladores de la Subregión;

Que la existencia de la Fiebre Aftosa en la Subregión origina un elevado costo, tanto del sector público como privado, por las pérdidas que ocasiona por la disminución de la eficiencia productiva de los animales que afecta, así como por los costos de los programas que deben ejecutarse para su control;

Que desde que se adoptó la Decisión 255 se han producido cambios significativos en las condiciones zoosanitarias de la Fiebre Aftosa en América del Sur generándose un nuevo perfil epidemiológico para la región, con la consiguiente repercusión en los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que las acciones de prevención, control y erradicación desarrolladas por los Países Miembros contra esta enfermedad, se ven amenazadas por la posible introducción del virus de la fiebre aftosa a través de las zonas de frontera y de los puertos y aeropuertos internacionales;

Que los cambios ocurridos en la condición sanitaria conllevan a tener que revisar el Programa Subregional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, orientando sus estrategias y actividades hacia la conformación del nuevo perfil epidemiológico en el cual se consideren las características actuales de presentación de la enfermedad, el marco productivo de las zonas o áreas ganaderas, la importancia de desarrollar acciones binacionales en áreas de frontera, los nuevos circuitos comerciales y el riesgo diferencial para la difusión del virus de la fiebre aftosa, y la potencialidad de ampliar áreas o zonas libres y generar nuevas áreas libres;

Que la situación anterior ha determinado que se efectúen cambios importantes en las condiciones técnico-administrativas y en las legislaciones nacionales de los Países Miembros para la prevención, control y erradicación de esta enfermedad; y

Que se requiere fortalecer las acciones de cogestión entre los sectores público y privado con una efectiva participación y articulación multisectorial en todos los niveles que permita lograr la erradicación de esta enfermedad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR