Resolución 435 JUNAC Solicitud del Gobierno de Colombia para la aplicación del Artículo 79A del Acuerdo de Cartagena, a las importaciones de madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, procedentes de Ecuador

RESOLUCION 435 Solicitud del Gobierno de Colombia para la aplicación del Artículo 79A del Acuerdo de Cartagena, a las importaciones de madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, procedentes de Ecuador

LA JUNTA DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTO: El Artículo 79A del Acuerdo;

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de Ecuador, mediante comunicación N° 88 DINT de fecha 24 de junio de 1996, suscrita por el Ministro de Industrias, Comercio, Integración y Pesca, puso en conocimiento de la Junta que el Gobierno de Colombia había expedido el Decreto N° 1088 del 21 de junio de 1996, por el cual se establece una medida de salvaguardia provisional en la forma de un gravamen arancelario del 15 por ciento a las importaciones de madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar, clasificadas en la partida 44.12 del Arancel de Aduanas, originarias de Bolivia, Ecuador y Venezuela;

Que con fecha 25 de junio de 1996, la Junta remitió el facsímil J/DC/F-415/96 al Gobierno de Colombia, solicitándole la confirmación respecto de la aplicación del Decreto N° 1088, y un informe sobre las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR