DECISION 552: Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfi­co Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos

EmisorConsejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores

Decisión 552

Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: Los artículos 1 y 16 del Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a través de la Decisión 406; el Capítulo sobre Relaciones Externas incorporado al Acuerdo de Cartagena mediante el artículo 4 del Protocolo de Sucre; y la Decisión 458 que aprueba los Lineamientos de la Política Exterior Común;

CONSIDERANDO: Que los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de los Países Miembros de la Comunidad Andina reunidos en Lima, el 17 de junio de 2002, suscribieron el “Compromiso de Lima: Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los gastos destinados a la Defensa Externa”, mediante el cual convinieron en adoptar, entre otras, medidas urgentes para combatir el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, dada su vinculación con el problema mundial de las drogas, el terrorismo, la delincuencia transnacional organizada y las actividades mercenarias y otras conductas criminales;

Que, con base en los mandatos ministeriales, el Grupo de Alto Nivel en materia de Seguridad y Fomento de la Confianza de la Comunidad Andina, creado en el mencionado Compromiso de Lima, acordó durante su primera reunión, realizada en Bogotá el 28 de febrero de 2003, impulsar el diseño e implementación de un Plan Andino para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, posteriormente refrendado en la X Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores el 11 de marzo de 2003;

Que el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos constituye una grave amenaza a la paz, la seguridad, la gobernabilidad, la estabilidad y el orden democrático institucional de los Países Miembros de la Comunidad Andina y atenta asimismo contra la aspiración de nuestras sociedades a alcanzar mayores niveles de desarrollo político, económico, social y cultural, sostenibles en el largo plazo;

Que el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos es un problema de alcance global vinculado con el terrorismo y otras formas de violencia política, el problema mundial de las drogas, la delincuencia transnacional organizada, las actividades mercenarias y otras conductas criminales, flagelos todos que los Países Miembros de la Comunidad Andina están resueltos a combatir;

Que los Países Miembros se encuentran comprometidos con la observancia del Derecho Internacional y con los principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas, particularmente el respeto de la soberanía nacional, la no intervención en los asuntos internos de los Estados Miembros, el derecho de legítima defensa individual y colectiva establecido en el Artículo 51 de dicha Carta, el derecho a la autodeterminación de los pueblos y el derecho de los Estados Miembros a desarrollar sus propios sistemas de defensa para garantizar la seguridad nacional;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina acordaron implementar el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Erradicar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos, adoptado en Nueva York en julio de 2001;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina han ratificado la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, suscrita en Washington en noviembre de 1997;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina respaldaron las recomendaciones del Seminario Regional para América Latina y el Caribe de evaluación y seguimiento de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, realizado en Santiago en noviembre de 2001;

Que los Países Miembros de la Comunidad Andina aprobaron el Reglamento Modelo de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (“CICAD”), con el fin de establecer una serie de medidas y procedimientos armonizados para vigilar y controlar el comercio internacional de armas de fuego, sus partes y componentes y municiones para evitar el tráfico ilícito de las mismas, así como su desviación para usos y propósitos ilegales;

Que el problema de la proliferación de armas ilícitas solo puede ser solucionado en forma extensiva, amplia e integrada mediante el fortalecimiento de las capacidades de regular y cumplir con todos los aspectos que gobiernan la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso legal de este tipo de armas, así como el establecimiento de mecanismos de cooperación comunitarios para tales efectos; y,

Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta 102/Rev. 1 sobre el Plan Andino para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en todos sus aspectos;

DECIDE:

Artículo Único

Dada en el Recinto Quirama, Departamento de Antioquia, República de Colombia, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil tres.

ANEXO I

PLAN ANDINO PARA LA PREVENCIÓN, COMBATE Y ERRADICACIÓN

DEFINICIONES

Para efectos de la implementación del presente Plan se entenderá por:

  1. Actores privados:

  2. Actores públicos:

  3. Armas pequeñas y ligeras:

  4. Instituciones responsables de velar por el cumplimiento y la cabal aplicación de las leyes:

  5. Comité de Coordinación Nacional -Punto Focal Nacional-: es el mecanismo encargado de impulsar la implementación del presente Plan en cada País Miembro. Podrá contar con una Presidencia y una Secretaría Técnica, a fin de facilitar el logro de sus objetivos, y estar integrado por representantes de, entre otros, los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Justicia, el Poder Judicial, las Fuerzas Militares, las Fuerzas de Policía, Autoridades Aduaneras y de Migraciones, así como de la sociedad civil.

  6. Seguridad: desde una perspectiva andina la seguridad es entendida como la situación en la que el Estado y la sociedad se encuentran protegidos frente a amenazas o riesgos susceptibles de afectar el desarrollo integral y el bienestar de sus ciudadanos, así como el libre ejercicio de sus derechos y libertades en un contexto de plena vigencia democrática. En ese sentido, la seguridad es un concepto de carácter multidimensional y comprehensivo que abarca asuntos de índole política, económica, social y cultural, y se ve reflejada en las políticas en ámbitos tan diversos como los del fortalecimiento de la institucionalidad democrática y el estado de derecho, la defensa, la salud, el ambiente, la economía, el desarrollo económico y la prevención de desastres naturales, entre otros.

  7. Sociedad civil: la entidad social colectiva en la cual los ciudadanos se relacionan entre sí y con el Estado. Desde esta perspectiva, estaría compuesta por una inmensa diversidad de organizaciones, incluidos los movimientos sociales, las asociaciones profesionales o voluntarias, las organizaciones de base, las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos, las cooperativas, las instituciones académicas y filantrópicas, las comunidades locales, las organizaciones de género y de juventudes, así como las organizaciones de carácter religioso, entre otras. En algunos casos los medios de comunicación independientes y el sector informal también son considerados parte de la sociedad civil. Dentro de los roles adscritos a la sociedad civil se encuentran, entre otros, los de participar en el proceso de toma de decisiones al interior de la Comunidad Andina e impulsar la rendición de cuentas por parte de los aparatos estatales, con miras a establecer una gobernabilidad efectiva. Para efectos del presente instrumento, la sociedad civil incluiría el amplio espectro de organizaciones que cuenten con el mandato de coadyuvar a la capacitación, la investigación teórica y aplicada, la facilitación de políticas públicas, la asistencia social y de desarrollo, el monitoreo y la evaluación de la temática vinculada a la seguridad.

OBJETIVOS:

  1. Elaborar, implementar y sustentar una estrategia integral para la prevención, combate y erradicación del tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, la cual deberá tomar en cuenta los vínculos existentes entre el tráfico ilícito y la proliferación de dichas armas y la seguridad, el terrorismo, la corrupción y el problema mundial de las drogas, así como el objetivo de largo plazo de alcanzar la paz, la estabilidad y el desarrollo en la Subregión;

  2. Fortalecer la capacidad de los Países Miembros para implementar medidas contra la fabricación, importación, exportación, transferencia, comercialización, intermediación, transporte, tenencia, ocultamiento, usurpación, porte y uso ilícitos de armas pequeñas y ligeras, así como para identificar, confiscar y, cuando corresponda, destruir este tipo de armamento;

  3. Propiciar el desarrollo de una cultura de paz a través de programas educativos y de difusión dirigidos a generar una conciencia ciudadana sobre la problemática de la proliferación, circulación y tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras, que involucren a todos los sectores de la sociedad;

  4. Institucionalizar programas nacionales y subregionales, así como los mecanismos de acción correspondientes, para prevenir, controlar y erradicar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos; y,

  5. Desarrollar este Plan dentro del marco del pleno respeto de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

    PRINCIPIOS:

    Para el logro de los objetivos del presente Plan, se tendrán en cuenta los siguientes principios:

  6. Integralidad: Es integral porque comprende todos los aspectos relacionados con la problemática de la...

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