Decisión 390: Modificación de la Decisión 314 "Libertad de Acceso a las Cargas Transportadas por Vía Marítima y Políticas para el Desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino"

Sexagesimoctavo PerÌodo Ordinario

de Sesiones de la ComisiÛn

02 de julio de 1996

Caracas - Venezuela

DECISION 390

LA COMISION DEL ACUERDO DE CARTAGENA,

VISTOS: El ArtÌculo 108B del Acuerdo de Cartagena, la DecisiÛn 314 de la ComisiÛn y la Propuesta 287 de la Junta;

Que los PaÌses Miembros deben adoptar disposiciones que les permitan regular con eficiencia la competencia comercial en el transporte marÌtimo, con el fin de lograr una libre, efectiva y equitativa participaciÛn de las empresas navieras de la SubregiÛn en el comercio internacional;

Que es necesario que los PaÌses Miembros dispongan de un marco normativo comunitario que regule el acceso a las cargas a las empresas navieras de terceros paÌses, de modo que este beneficio se conceda en similares condiciones y proporciÛn de acceso al que se conceda a las empresas de transporte marÌtimo de la SubregiÛn o a los buques fletados u operados por ellas;

Que es conveniente que los PaÌses Miembros cuenten con mecanismos que les permitan actuar comunitariamente frente a terceros paÌses o comunidades de paÌses que incurran en acciones discriminatorias contra empresas de transporte marÌtimo de la SubregiÛn, mediante la...

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