Por la cual se requiere la modificación parcial de la Resolución de Emergencia Nº 01225 del Instituto Colombiano Agro­pecuario (ICA), mediante la cual se suspenden importaciones de frutas procedentes de Chile y se toman medidas de carácter fitosanitario para prevenir la introducción a Colombia de las plagas Cydia pomonella y Cydia molesta

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION650

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Capítulo V que regula el Programa de Liberación y el Artículo 100 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 515 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria; y,

CONSIDERANDO: Que, el 20 de junio de 2002, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), a los efectos de la notificación de normas de emergencia prevista en el artículo 32 de la Decisión 515 de la Comisión, envió a la Secretaría General la Resolución de Emergencia Nº 01225 de fecha 12 de junio de 2002, publicada en el Diario Oficial Nº 44834 de 15 de junio de 2002, mediante la cual se suspendió la expedición de Permisos o Documentos Zoosanitarios para la Importación de frutas (manzanas, peras, duraznos y nectarines) procedentes de Chile y se toman medidas de carácter fitosanitario para prevenir la introducción a Colombia de la Cydia pomonella y Cydia molesta;

Que, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 32 de la Decisión 515, la Secretaría General, mediante comunicación SG/X/4.5.1/ 0833-02 de 28 de junio de 2002, puso en conocimiento de los Países Miembros la citada Resolución a fin de conocer su pronunciamiento;

Que el cuarto aparte del artículo 32 de la Decisión 515 dispone que la Secretaría General, con base en el concepto técnico–científico de los Países Miembros, o de la verificación de los expertos, o del suyo propio, podrá “…autorizar o requerir al País Miembro que la notificó su modificación o disponer la suspensión temporal o definitiva de la norma adoptada” (subrayado agregado);

Que, mediante comunicación Nº 1682-2002-AG-SENASA de 12 de julio de 2002 y comunicación Nº SENASAG/FAX/Nº 043 de 17 de julio de 2002, los Gobiernos de Perú y Bolivia, respectivamente, manifestaron no tener objeción a las medidas fitosanitarias adoptadas por Colombia, dado que las consideraban efectivas debido al alto riesgo de...

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