Adopción de la Declaración Andina del Valor

RESOLUCIÓN 1239

Actualiza la Resolución 1112 - Adopción de la Declaración Andina del Valor

LA SECRETARÍA GENERAL

VISTAS: La Decisión 571 – Valor en Aduana de las Mercancías Importadas, la Resolución 846 - Reglamento Comunitario de la Decisión 571, la Resolución 1112 – Adopción de la Declaración Andina del Valor y la Resolución 1137 - Modificación de la entrada en vigor de la Resolución 1112; y,

CONSIDERANDO: Que la Comisión de la Comunidad Andina aprobó la Decisión 571 del 12 de diciembre de 2003, mediante la cual se adopta como normativa subregional para la determinación del valor en aduana de las mercancías importadas el Acuerdo sobre Valoración de la Organización Mundial del Comercio (OMC);

Que para una correcta aplicación del Acuerdo sobre Valoración de la OMC es necesario contar con un documento que permita declarar los elementos de hecho y circunstancias relativas a la transacción comercial de las mercancías importadas y que sirva para determinar el valor en aduana y para dar un trato uniforme a todas las importaciones efectuadas al Territorio Aduanero de la Comunidad Andina;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y la Disposición Transitoria Primera de la Decisión 571, corresponde a la Secretaría General de la Comunidad Andina adoptar y reglamentar mediante Resolución el funcionamiento y el formato de la Declaración Andina del Valor;

Que dicha reglamentación fue desarrollada por este Órgano Comunitario mediante la Resolución 1112 del 5 de julio de 2007, modificándose las disposiciones de su entrada en vigor mediante la Resolución 1137 del 20 de diciembre de 2007;

Que en la Vigésima Primera Reunión del Grupo de Expertos en Valoración Aduanera, realizada en la ciudad de Lima – Perú, del 4 al 8 de mayo de 2009, se recomendó actualizar la reglamentación sobre la Declaración Andina del Valor, así como su formato y sus instrucciones de llenado; y, prorrogar la fecha límite para su presentación y para la transmisión electrónica de datos, en atención a que, si bien se había avanzado en la estandarización física y electrónica de la Declaración Andina del Valor en los Países Miembros, no obstante quedan aún pendientes una serie de actividades a realizarse para su implementación;

Que es necesario perfeccionar la reglamentación sobre la Declaración Andina del Valor, así como su formato y sus instrucciones de llenado, a efectos de contribuir con una correcta determinación del valor en aduana de las mercancías importadas en la Subregión, correspondiendo sustituir el texto íntegro de la Resolución 1112 y de las modificaciones realizadas sobre éste para dar unidad instrumental a la reglamentación sobre la utilización de la Declaración Andina del...

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