Resolución 1017 Actualización de la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión para efectos de la aplicación del Artículo 83 del Acuerdo de Cartagena

EmisorSecretaría General de la Comunidad Andina

RESOLUCION 1017

LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA,

VISTOS: El Artículo 83 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 370, 414, 465 y 570 de la Comisión y la Resolución 998 de la Secretaría General;

CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Cartagena, en su Artículo 83, establece que cuando se trate de productos no producidos en la Subregión, cada país podrá diferir la aplicación de los gravámenes comunes hasta el momento en que la Secretaría General verifique que se ha iniciado su producción en la Subregión;

Que, el artículo 4 de la Decisión 370 faculta a la Secretaría General para modificar la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión y la Resolución 756 establece el procedimiento para realizar tales modificaciones;

Que, el Gobierno de Colombia, mediante comunicación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Nº DIE-1200 del 19 de diciembre de 2005, solicitó incluir en la Nómina de Bienes No Producidos el “Poli-metil-isocianato” clasificado en la subpartida Nandina 3909.30.00;

Que, la Secretaría General dio traslado de la solicitud del Gobierno de Colombia a los demás Países Miembros, a través de nota circular SG-X/2.17.29/21/2006 fechada el 09 de enero de 2006;

Que, no habiendo recibido, al momento de expedir la presente Resolución, ninguna comunicación de los Países Miembros, la Secretaría General considera procedente atender favorablemente la solicitud presentada por el Gobierno de Colombia de incluir en la Nómina de Bienes No Producidos el “Poli-metil-isocianato” clasificado en la subpartida Nandina 3909.30.00;

RESUELVE:

Artículo 1 Incluir en la Nómina de Bienes No Producidos los productos que se detallan a continuación:

NANDINA DESIGNACION DE LA MERCANCIA

3909.30.00 Las demás resinas amínicas.

Unicamente: Poli-metil-isocianato

Artículo 2 Publicar en el Anexo de la presente Resolución la Nómina de Bienes No Producidos en la Subregión.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 17 y 44 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, se informa que contra la presente Resolución procede recurso de reconsideración dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, así como acción de nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su entrada en vigencia.

En cumplimiento del artículo 17 del Reglamento de Procedimientos Administrativos de la Secretaría General, comuníquese a los Países Miembros la presente Resolución.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil seis.

ALLAN WAGNER TIZON

Secretario General

ANEXO

NÓMINA DE BIENES NO PRODUCIDOS

NANDINA DESCRIPCION OBSERVACION
03051000 Harina, polvo y "pellets" de pescado, aptos para la alimentación humana
03056100 Arenques (Clupea harengus, Clupea payáis)
03056300 Anchoas (Engraulis spp.)
05021000 Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios
05029000 Los demás
05071000 Marfil; polvo y desperdicios de marfil
05080000 Coral y materias similares, bruto o simplemente prep., pero s/otro trabajo; valvas y caparazones de moluscos, crustáceos o equinodermos, y jibiones, bruto o simple. prep., pero s/cortar en forma deter., incl. en polvo y desperdicios
05090000 Esponjas naturales de origen animal.
05119190 Los demás productos de pescado Únicamente: Cistos (huevos) de Artemia Salina
05119990 Los demás
10040090 Las demás
10081010 - - Para siembra
10081090 - - Los demás
10089091 - - - Para siembra
10089099 - - - Los demás
12101000 Conos de lúpulo sin triturar ni moler ni en "pellets"
12102000 Conos de lúpulo triturados, molidos o en "pellets"; lupulino
13011000 Goma laca
13012000 Goma arábiga
13021300 De lúpulo
13022000 Materias pécticas, pectinatos y pectatos
13023100 Agar-agar
13023910 Mucílagos de semilla de tara (Caesalpinea spinosa)
13023990 Los demás
15041010 De hígado de bacalao
15041029 Los demás
15050010 Grasa de lana en bruto (suarda o suintina)
15050091 Lanolina
15050099 Las demás
15060010 Aceite de pie de buey
15060090 Los demás
15154000 Aceite de tung y sus fracciones
15211010 Cera de carnauba
15211020 Cera de candelilla
15219020 Esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti)
15220000 Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales. Únicamente: Degrás
16041100 Salmones
17021100 Con un contenido de lactosa superior o igual al 99% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre producto seco
17021910 Lactosa
17025000 Fructosa químicamente pura
21012000 Extractos, esencias y concentrados de té o de yerba mate y preparaciones a base de estos extractos, esencias o concentrados o a base de té o de yerba mate
21061010 - - Concentrados de proteínas
21061020 - - Sustancias proteicas texturadas
21069060 Edulcorantes con sustancias alimenticias Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069071 - - - Que contengan exclusivamente mezclas o extractos de plantas, partes de plantas, semillas o frutos Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069072 - - - Que contengan exclusivamente mezclas o extractos de plantas, partes de plantas, semillas o frutos, con vitaminas, minerales u otras sustancias Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069073 - - - Que contengan exclusivamente mezclas de vitaminas y minerales Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069074 - - - Que contengan exclusivamente mezclas de vitaminas Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069079 - - - Las demás Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
21069090 - - Las demás Únicamente: destinados a sustituir totalmente la alimentación humana ordinaria
22042910 Mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol (mosto apagado)
22089020 Aguardientes de ágaves (tequila y similares)
24011020 Tabaco rubio Unicamente: tabaco oriental
25082000 Tierras decolorantes y tierras de batán
25085000 Andalucita, cianita y silimanita
25086000 Mullita
25087000 Tierras de chamota o de dinas
25132000 Esmeril, corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales
25162100 En bruto o desbastada
25162200 Simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares
25173000 Macadán alquitranado
25183000 Aglomerado de dolomita
25199010 Magnesia electrofundida
25199030 Magnesia calcinada a muerte (sinterizada), incluso con pequeñas cantidades de otros óxidos añadidos antes de la sinterización
25233000 Cementos aluminosos
25240010 Fibras
25240090 Los demás
25252000 Mica en polvo
25292100 Con un contenido de fluoruro de calcio inferior o igual al 97% en peso
25293000 Leucita; nefelina y nefelina sienita
25301000 Vermiculita, perlita y cloritas, sin dilatar
25302000 Kieserita, epsomita (sulfatos de magnesio naturales)
25309000 Las demás
27012000 Briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla
27022000 Lignitos aglomerados
27030000 Turba (comprendida la utilizada para cama de animales), incluso aglomerada
27040020 Coques y semicoques de lignito o turba
27040030 Carbón de retorta
27050000 Gas de hulla, gas de agua, gas pobre y gases similares, excepto el gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos
27071000 Benzol (benceno)
27072000 Toluol (tolueno)
27073000 Xilol (xilenos)
27074000 Naftaleno
27075010 Nafta disolvente
27075090 Las demás Excepto: Aceite de Pirolisis.
27076000 Fenoles
27079910 Antraceno
27079990 Los demás Excepto: Gasolina de Pirolisis o Pygas.
27082000 Coque de brea
27101193 Tetrapropileno
27101194 Mezclas de n-parafinas
27101195 Mezclas de n-olefinas
27101912 Mezclas de n-parafinas
27101913 Mezclas de n-olefinas
27101931 Mezclas de n-parafinas
27101932 Mezclas de n-olefinas
27129010 Cera de petróleo microcristalina.
27129020 Ozoquerita y ceresina
28012000 Yodo
28013000 Flúor; bromo
28030000 Carbono (negros de humo y otras formas de carbono no expresadas ni comprendidas en otra parte)
28046100 Con un contenido de silicio superior o igual al 99,99% en peso
28046900 Los demás
28047010 Fósforo rojo o amorfo
28047090 Los demás
28048000 Arsénico
28051100 Sodio
28051200 Calcio
28051900 Los demás Únicamente: litio, potasio, rubidio, cesio, estroncio y bario
28053000 Metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí
28054000 Mercurio
28062000 Acido clorosulfúrico
28091000 Pentóxido de difósforo
28092010 Acido fosfórico Excepto: Acido ortofosfórico de concentración superior o igual al 75% pero inferior o igual al 85%
28092020 Acidos polifosfóricos
28100090 Los demás
28111100 Fluoruro de hidrógeno (ácido fluorhídrico)
28111910 Acido
...

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