DECISION 588: Sustitución de la Decisión 460 sobre la protección y recuperación de bienes del patrimonio cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina

Decisión 588

VISTOS: El literal b) del artículo 3 y el artículo 16 del Acuerdo de Cartagena; la Decisión 458 que aprueba los Lineamientos de la Política Exterior Común; los artículos 6 y 12 del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; los artículos 2, 3, 5 y 39 del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica y Cultural de los países de la Región Andina; y la Decisión 460; y,

CONSIDERANDO: Que el diseño e instrumentación de políticas culturales por parte de los Estados es un factor indispensable para su desarrollo armónico, y que el patrimonio cultural de las naciones constituye un pilar fundamental en tales políticas;

Que la defensa y preservación del patrimonio cultural sólo puede obtenerse mediante la valoración y respeto por las raíces históricas de los pueblos, base de sus identidades;

Que los efectos nocivos que para los fines enunciados trae consigo la salida o extracción, ingreso, tránsito internacional o transferencia ilícitos de bienes culturales, inciden negativamente sobre el legado histórico de nuestras naciones;

Que el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en mayo de 1999 aprobó la Decisión 460 “Sobre la Protección y Recuperación de Bienes Culturales del Patrimonio Arqueológico, Histórico, Etnológico, Paleontológico y Artístico de la Comunidad Andina”, la cual amerita ser actualizada ante la adopción de los Lineamientos de la Política Exterior Común, de las medidas de cooperación política asumidas por los Países Miembros, y de conformidad con las recomendaciones generales tanto del Taller franco-andino sobre Lucha contra el Robo y Tráfico Ilícito de Bienes Culturales que se llevó a cabo en Lima, Perú, los días 14, 15 y 16 de mayo de 2003, así como de la II Reunión de los Comités Técnicos Nacionales para el Control del Trafico Ilícito de Bienes Culturales en los Países Andinos, convocada por la UNESCO y realizada en Quito-Ecuador los días 1, 2 y 3 de marzo de 2004;

Que el Consejo Presidencial Andino, en su XIV Reunión realizada en el Recinto de Quirama, Antioquia, República de Colombia, instruyó a las autoridades nacionales competentes que consoliden los esfuerzos que se realizan en la Subregión en contra del trafico ilícito de bienes culturales y promuevan la aplicación de nuevos mecanismos concretos, como la lista roja de bienes culturales en peligro en América Latina, contribuyendo de esta forma a la protección del patrimonio cultural material e inmaterial de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta 126/Rev. 1, la cual es resultado de una recomendación de los responsables nacionales de la política cultural de los Países Miembros;

DECIDE:

CAPÍTULO I Artículo 1

DE LAS DEFINICIONES

Artículo 1 A los fines de la presente Decisión, las expresiones que se indican a continuación tendrán la acepción que para cada una de ellas se señala:

Conservación: Disciplina que está involucrada con la protección y la preservación del buen estado de subsistencia e integridad del patrimonio cultural mueble e inmueble, el cual, por motivos de su significado histórico, artístico o sus cualidades científicas, posee un valor reconocido y de especial interés para la sociedad.

Patrimonio arqueológico: Conjunto de manifestaciones culturales constituidas por espacios, estructuras u objetos y en general restos de cultura material, producidos o generados por sociedades de humanos del pasado, los cuales aportan información de valor histórico. Este tipo de manifestaciones culturales abarca la siguiente tipología: manifestaciones de arqueología industrial, sitios funerarios, áreas asociadas, antiguas unidades de producción, construcción en piedra o tierra, manifestaciones de arte rupestre, ruinas, sitios de batalla, sitios subacuáticos, entre otros.

Patrimonio cultural: Se entiende por patrimonio cultural la apropiación y gestión de las manifestaciones materiales e inmateriales heredadas del pasado, incluyendo los valores espirituales, estéticos, tecnológicos, simbólicos y toda forma de creatividad, que los diferentes grupos humanos y comunidades han aportado a la historia de la humanidad.

Patrimonio cultural mueble: Comprende los objetos arqueológicos, históricos, artísticos, etnográficos, tecnológicos, religiosos y aquellos de origen artesanal o folklórico que constituyen bienes o...

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